Estimados colegas: les comento una situacion que me trae una duda respecto de las costas, a quien pueda darme una mano se lo agradeceria. El tema es asi: inicie demanda por daños y perjuicios, el juez en primer auto dio vista al fiscal para ver si se cumplian los requisitos de la ley de mediacion; quien recomendo la reapertura de l a mediacion. El juez asi lo ordeno y luego de realizada esta, la aseguradora hace un ofrecimiento. Siendo que aun no se dio traslado a la demanda, corresponde el pago de la tasa de justicia? Pues en el ofrecimiento solo mencionaron los honorarios de la mediadora. Me ha pasado esto en otras etapas y la aseguradora abonaba la tasa y en su caso, los honorarios d los peritos.
Entonces, que costas deberia soportar la aseguradora? Mis honorarios serian del 10% o 20%?
Muchas gracias!! 
Entonces, que costas deberia soportar la aseguradora? Mis honorarios serian del 10% o 20%?
Muchas gracias!!