Consulta: mi cliente es empleada a tiempo parcial y como tenía prepaga al inicio de la relación laboral optó por no tener obra social. Ahora OSECAC reclama aportes y contribuciones. Tengo entendido que por el art. 8 del decreto 492/95 el trabajador a tiempo parcial puede optar por tener o no obra social siempre que su remunariación sea inferior a tres MOPRES. Los períodos reclamados son del 2008 al 2011. No encuentro cuál es el valor del MOPRE en el 2008, 2009, 2010 y 2011.
Además el artículo 13 del Capítulo II de la ley Nº 26.417 estableció la sustitución de todas las referencias concernientes al MOPRE las que fueron reemplazadas por una determinada proporción del haber mínimo garantizado, según el caso que se trate y tampoco encuentro el valor referencial a los efectos de ver si la trabajadora cobraba menos de dicho valor y podía optar por no tener obra social. Por favor alguien que me asesore. Gracias.
Además el artículo 13 del Capítulo II de la ley Nº 26.417 estableció la sustitución de todas las referencias concernientes al MOPRE las que fueron reemplazadas por una determinada proporción del haber mínimo garantizado, según el caso que se trate y tampoco encuentro el valor referencial a los efectos de ver si la trabajadora cobraba menos de dicho valor y podía optar por no tener obra social. Por favor alguien que me asesore. Gracias.