si en un beneficio de litigar sin gastos ninguna de las partes demandadas contesta, se puede pedir que todos los restantes traslados que deban ser notificados por cédula se haga en los estrados del juzgado. pregunto esto porque en todos los beneficios que hago nadie me contesta y tengo que mandar cédulas para el traslado de la prueba, cédulas para la resolución, y muchas veces son de extraña jurisdicción, con que sentido si no se presentaron nunca?? sería como pedir una rebeldía pero en el beneficio de litigar sin gastos no se como se maneja. Agradezco respuestas.-
NATALIA GOMEZ.
