Hola foristas les comento el caso que estoy tratando , lo que hice hasta ahora y lo que me respondieron.
Una persona de 77 años contrata un viaje a Perú en un centro de jubilados que lo ofrecen y lo realiza una empresa de turismo.
La misma empresa de turismo (todo todo verbalmente a traves del centro de jubilados),donde tambien se efectuan los pagos de las cuotas, el medio de transporte es en bus, tambien le dicen que por ese precio tambien tiene contratada una asistencia al viajero.
lA sra. comienza a sentirse mal durante el viaje ya estando en Pérú un dia, la guia le dice que se compre algo en la farmacia,y al otro dia debe ser internada en una clinica de una ciudad de Perú con Hemorragia Digestiva.
a las 12 horas le dan el alta con un tratamiento ambulatorio pero continua con el problema sin ninguna mejoria, la guia le dice que siguen viaje y que ella se queda al cuidado de una pariente que circunstancialmente viajaba con ella, y no tiene ningun contacto con nadie mas ni de la empresa de turismo ni de la asistencia médica.
La señora continua delicada hay comunicaciíon telefonica de la flia con esta familiar y con la ayuda de la gente del hotel logran sacar un vuelo de regreso con la tarjeta de credito de este familiar.
Cuando me viene el caso yo solicito a la empresa de turismo la cobertura de asistencia al viajero (condiciones etc. ) y me pongo en contacto telefonicamente, quienes me informan todos los registros que ellos tiene del caso, las comunicaciones, partes médicos etc, y le envio un escrito explicativo de la situacion y todos los tikets de gastos, aéreos ,partes médicos, y la asistencia me responde que no reconocen el vuelo porque no lo dice en el parte medico que la persona debe trasladarse en avion. A su vez me contestan que no la dejaron asistencializada despues de las primeras 12 horas porque no lo habia solicitado los médicos, cuando los medicos en comunicaciíon telefonica con la flia. manifistan que la asistencia no les autoriza mas internación que debe seguir en el hotel con el tratamiento ambulatorio, suero y ellos la visitan alli.
HASTA ACA LLEGUE quisiera saber su opinión sobre si seria conveniente intimar por Carta Doc. a la empresa de turismo por incumplimieto del deber de informacion, abandono de persona, Y REEMBOLSO DE PASAJES Y GASTOS y ver que contestan para hacer la denuncia al consumidor.
ESPERO SUGERENCIAS Y OPINIONES MUCHAS GRACIAS A TODOS
Una persona de 77 años contrata un viaje a Perú en un centro de jubilados que lo ofrecen y lo realiza una empresa de turismo.
La misma empresa de turismo (todo todo verbalmente a traves del centro de jubilados),donde tambien se efectuan los pagos de las cuotas, el medio de transporte es en bus, tambien le dicen que por ese precio tambien tiene contratada una asistencia al viajero.
lA sra. comienza a sentirse mal durante el viaje ya estando en Pérú un dia, la guia le dice que se compre algo en la farmacia,y al otro dia debe ser internada en una clinica de una ciudad de Perú con Hemorragia Digestiva.
a las 12 horas le dan el alta con un tratamiento ambulatorio pero continua con el problema sin ninguna mejoria, la guia le dice que siguen viaje y que ella se queda al cuidado de una pariente que circunstancialmente viajaba con ella, y no tiene ningun contacto con nadie mas ni de la empresa de turismo ni de la asistencia médica.
La señora continua delicada hay comunicaciíon telefonica de la flia con esta familiar y con la ayuda de la gente del hotel logran sacar un vuelo de regreso con la tarjeta de credito de este familiar.
Cuando me viene el caso yo solicito a la empresa de turismo la cobertura de asistencia al viajero (condiciones etc. ) y me pongo en contacto telefonicamente, quienes me informan todos los registros que ellos tiene del caso, las comunicaciones, partes médicos etc, y le envio un escrito explicativo de la situacion y todos los tikets de gastos, aéreos ,partes médicos, y la asistencia me responde que no reconocen el vuelo porque no lo dice en el parte medico que la persona debe trasladarse en avion. A su vez me contestan que no la dejaron asistencializada despues de las primeras 12 horas porque no lo habia solicitado los médicos, cuando los medicos en comunicaciíon telefonica con la flia. manifistan que la asistencia no les autoriza mas internación que debe seguir en el hotel con el tratamiento ambulatorio, suero y ellos la visitan alli.
HASTA ACA LLEGUE quisiera saber su opinión sobre si seria conveniente intimar por Carta Doc. a la empresa de turismo por incumplimieto del deber de informacion, abandono de persona, Y REEMBOLSO DE PASAJES Y GASTOS y ver que contestan para hacer la denuncia al consumidor.
ESPERO SUGERENCIAS Y OPINIONES MUCHAS GRACIAS A TODOS