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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #934082  por flux
 
Hola, hace tiempo que estoy viendo este caso segun me comentan varios letrados y la verdad medio que no se como encararlo y cuando me toco responderlo a mi tuve que derivar el tema porque me agarraron en bolas

El caso es asi

-Empleado en blanco.
-Se va a hacer atender por la obra social.
-Obra social le niega el derecho de atenderse porque dice que "tu empleador no nos esta pagando"
-El empleador contesta que el hizo todos los tramites y que si esta pagando (seguro es mentira)

Pero aca mis dudas:

Si el empleado tiene una urgencia medica, la obra social puede negarse a atenderlo porque "tu empleador no paga"?

Que eso no es problema de la obra social que tiene que ir a ejecutar al empleador en vez de dejar tirado al empleado sin cobertura?

Que accion legal se puede ejercer en tal caso contra el empleador que no paga la obra social y contra al obra social que niega cobertura?

Es motivo de injuria suficiente el no pago de la obra social para que el empleado se pueda considerar despedido?
 #934097  por diegoignacio
 
mire es un caso de esos que nadie se pregunta pero tampoco algo imposible.
primero delimitemos las responsabilidades:
el empleador incumple con su obligación y de manera dolosa? o realmente hay un tras papeleo de pagos? de ser así se puede intimar al empleador a cubrir los gastos necesarios hasta que este dado de alta. eventualmente se podría hablar de un amparo también.

respecto a la obra social si no hay una relación directa no tiene ninguna obligación con el empleado. asi que la obligacion es directa del empleado y ni hablar de una negligencia como agente de retencion o porque no una estafa
 #934141  por flux
 
Si fuera civil seria sencillo, si el contratante de la cobertura no pago entonces la cobertura se puede negar a atender al afiliado por no tener relacion directa

Pero no se si tratantose de una situacion nacida del derecho laboral y con retencion obligatoria hecha por el empleador que la cobertura social pueda liberarse asi nomas diciendo que no se hacen cargo si el empleador no paga

El amparo me parece el unico camino para lograr que la cobertura lo atienda y despues que se delimite de quien era la responsabilidad
 #934227  por andrea1982
 
flux, el caso que planteas es el que le pasa a mi marido, el empleador de él, un colegio privado, no paga a la o.s., pero a ellos, en el recibo de sueldo les viene el descuento, así es que muchisimos compañeros de trabajo de él se fueron a atender y se encontraron sin cobertura.
En darse o no por despedido, no me meto, pero... dependiendo del monto, no podría entrar dentro de la ley penal tributaria?
Por otra parte, yo entiendo que, estando afiliado, y teniendo el descuento en el recibo de sueldo, deberian atenderlo, caso contrario, la o.s. deberia comunicarte oportunamente que estas sin cobertura, y ellos después arreglar con el empleador que no pagó. Yo también iría por el amparo.
 #934239  por dagaboasol
 
El empleador es el obligado.
La obra social tiene que atenderlo si o si. Con una carta documento es suficiente.

Después la obra social es la que se encarga de reclamar al empleador deudor según la ley 23660
 #934241  por flux
 
dagaboasol escribió:El empleador es el obligado. La obra social tiene que atenderlo si o si. Con una carta documento es suficiente. Después la obra social es la que se encarga de reclamar al empleador deudor según la ley 23660
Yo tambien tenia entendido que era asi, solo que no conocia la ley particular

El problema es la situacion de hecho, la obra social no te va a contestar por CD que se niega a atenderte, te va a decir que vayas. Y cuando vas te dice de palabra "tu empleador no paga, andate"

Obligan al empleado a plantear un amparo, encima con prueba dificil, porque la unica forma segura de probar la negativa de la obra social es llevando un escribano (cosa que en laboral un empleado sale corriendo si le decis que vaya y pague un escribano)

Y para peor el empleado no tiene tampoco acceso a un hospital publico, porque le dicen "vos tenes obra social, aca no te podemos atender" (cosa tambien una guarangada, si caes medio muerto en la guardia no te pueden negar atencion solo porque en la compu sale que tenes obra social)
 #934290  por diegoignacio
 
yo entiendo lo que dicen, pero si el caso planteado es una verdadera estafa, en donde el empleador crea una apariencia de legalidad pero que en realidad es trabajo no registrado? porque hay que ver si te hacen aportes tambien..... yo veo como único y directo responsable responsable al empleador.
piensen en un amparo contra una obra social que ignora quien sos, porque tiene que darte cobertura, porque un tipo puso en un papel que su obra social le cubría a un tercero, si fuera el boga de la obra social solo voy acreditar que no existía relación y el amparo quedo en la nada.

para mi denuncia penal por defraudacion, con aviso al afip, intimación al empleador a cubrir todos los gastos ocasionados y demás yerbas que ya sabemos, ah y aviso a todos los compañeros
 #934295  por andrea1982
 
Para ir a atenderte por una obra social previamente te tenes que haber ido a dar de alta con el codem y recibo de sueldo, ellos haberte dado alguna credencial y, muchisimas, autorizarte las ordenes, si el empleador quiere simular todo tendria que pagar unos meses y darte de baja. O simularlo muy bien..
 #934640  por dagaboasol
 
Insisto con la CD xq tuve un caso similar...

En la obra social tiene que emitir un certificado con el/los motivos que se niega a atender el afiliado, no es un problema del afiliado que el empleador no cumpla con sus obligaciones, es la obra social que tiene que controlar, verificar, cobrarlo, en todo caso.

Si no lo quiere hacerlo, habría que enviarle una CD. el amparo es un poco mucho para mi, salvo la gravedad del caso.

La obra social no puede no atenderlo, y si fue despedido, etc., igual tiene 3meses de cobertura.

Todos los afiliados tienen que estar registrado en un padrón, x lo tanto es difícil que pase uno en lugar de otro.
 #934729  por flux
 
En la obra social tiene que emitir un certificado con el/los motivos que se niega a atender el afiliado
La obra social no te va a dar nada escrito

Se va a quedar diciendote de palabra "tu empleador no paga, no te podemos atender"

Y cuando le exijas algo por escrito te va a decir "yo no tengo que darte nada, andate de aca o llamo a seguridad"

Cuando le mandes la CD te va a responder negando todo desde que fuiste hasta que estando ahi se te nego la atencion
 #934762  por andrea1982
 
Flux, tenés razón, es complicada la prueba, pero si la o.s. responde eso a futuro va a tener que autorizarte, me imagino.
Entiendo que tampoco se va a querer comprometer el personal del sanatorio donde le digan que no tiene cobertura.
Otra opcion es ir pidiendo todo por escrito, por ejemplo, en cf de Rosario, los reintegros se piden por escrito.
 #935365  por dagaboasol
 
flux escribió:
En la obra social tiene que emitir un certificado con el/los motivos que se niega a atender el afiliado
La obra social no te va a dar nada escrito

Se va a quedar diciendote de palabra "tu empleador no paga, no te podemos atender"

Y cuando le exijas algo por escrito te va a decir "yo no tengo que darte nada, andate de aca o llamo a seguridad"

Cuando le mandes la CD te va a responder negando todo desde que fuiste hasta que estando ahi se te nego la atencion
Fui a buscar mi casito viejo y es así...

Para que no pase eso. El beneficiario tiene que solicitar en el Mrio del Trabajo y Seguridad Social (Superintendencia) la baja en dicha obra social.

La obra social no puede dar de baja en los sistemas. Desde finalizado el distracto se le extiende la cobertura por tres meses sin cobrar nada.

Es cierto que le pueden contestar negando todo, pero sirve como prueba, xq no lo pueden negar la obra social por que el empleador no cumplió. Ley 23600/23661.
 #935368  por dagaboasol
 
Ahhh, me fui x las ramas y dije en caso de xxxxx

Pero si esta en relación de dependencia como es ese caso, la obra social no puede no atender el beneficiario por el incumplimiento del empleador.

Si puede intimar al empleador, y entra como injuria su incumplimiento.
 #997473  por GABYES
 
hola, podria alguien enviarme modelo de carta documento para requerir a la obra social la cobertura?