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  • Declaratoria - varios herederos no se sabe donde estan

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #934543  por mfgcba
 
Colegas, voy a iniciar una declaratoria de herederos en Córdoba, el tema es que son 3 hermanos, dos viven y uno fallecio. Unos de los hermanos no quiere su porcion de herencia, para ello concurrio al juzgado de paz hace muchos años y manifesto por escrito que renuncia a su porcion hereditaria. Sirve esta manifestacion certificada por el juez de paz? en caso de no servir que se debe hacer?
La otra pregunta es: El hermano que fallecio tiene 2 hijos, de ambos se desconoce totalmente el paradero, dice que a lo mejor estan viviendo en españa pero no tiene forma de contactarlos. En este caso los mencionamos como herederos, si desconocemos totalmente donde estan?
Es decir, el unico heredero que existe y tiene intención de iniciar la declaratoria es mi cliente. Solo existe un inmueble, nada mas.

Espero alguien me pueda ayudar, ya que recien comienzo con el derecho sucesorio.
Gracias!!
 #935582  por demonix
 
te comento dos cosas. esa manifestacion certificada x el juez depaz no sirve. en cualquier momento esta persona puede reclamar sus dhos hereditarios. vos tenes q' trabajar. labrando correctamente la sucesion nombrando a todos los herederos legítimos, todas las personas q' tengan vínculo legal c el fallecido. de manera q' a esos sobrinos de paradero desconocido hay q' nombrarlos. y se los cita x edictos si no sabes el domicilio. si pasan los edictos y ellos no se presentan, podes seguir adelante c el tramite. pero no los podes pasar x alto. unicamente podes dejar delado personas q' no tengan interes legítimo. ( hijos no reconocidos, concubinas o novias q' nunca han sido esposas legítimas, etec ) cuando tengas iniciada la sucesion y se publiquen los edictos ahí mismo dice " declaratoria de herederos de fulano de tal , quien se crea c derecho a esta sucesion debe presentarse h/ la fecha tanto, en el juzgado tanto de la ciudad tanto... " ahí si algun sobrino apocrifo o legitimo q' vive en españa no se presenta o ni se entera, ya no es problema tuyo xq' caen dentro del "nemo potest proprium turpitudinem allegare " pero hay q' hacer las cosas bien. cuando este terminada la declaratoria y se este x liquidar el inmueble a favor de los herederos en cuanto al porcentaje indiviso de la misma q' les correspondiere, ahí. si, el hmno q' no quiere la casa puede donar su parte en favor del otro hmno y el inmueble sería inscripto inmediatamente en favor del cliente. los sobrinitos pueden aparecer y reclamarle su parte al tío mientras la sucesion este en lera, cuando el bien ya fue liquidado fueron. y esto va a salir rapido xq' hay un solo bien y los dos hmnos presentes estan de acuerdo.
fijate si existe declaratoria de herederos del hmno q' fallecio en españa si no, es a el a quien tenes q' citar y no a sus hijos. en el consulado español de rosario ,si se trata de residentes legales, te averiguan el paradero cuando tenes vínculo directo c la persona buscada. tu cliente podría preguntar ahí. es motivo suficiente el hecho de la sucesion del abuelo para q' les interese. si logras dar c ellos la cosa se va a poner larga xq' tenes q' enviar citacion alla, ellos deben responderla y nombrar a alguien q' los prepresente si no pueden venir. cualquier cosa, si no conocés abogados en españa, yo conozco. tenes t mn la opcion q' te di de citarlos unicamente x edictos argumentando paradero desconocido y residencia fuera del territorio nacional.
suerte, espero q' te vaya bien y amí tmb espero q' me vaya bien
 #936648  por vanesaferrer
 
discrepo un poco con el colega , en la argentina es heredero quien quiere serlo, consulte lo mismo con un especialista en derecho sucesorio, no tenes la obligacion de denunciar a todos los herederos , basta con tu cliente, para eso existen los edictos, te reitero solo es heredero quien quiere serlo.- saludos *leo*
 #936822  por diegoignacio
 
Dra. mire lo que escribe o lea el código civil, uno es heredero por la situación de parentesco y es del buen obrar denunciar a los herederos conocidos, por ello los edictos si se desconocen los domicilios o si existen acreedores.
Ahora uno puede omitir denunciar a un futuro heredero pero este puede en cualquier momento presentarse, si ud no denuncia por ejemplo a un hermano ( situacion que no puede no conocer) y luego este se presenta, se podría tomar su actitud como temeridad y malicia.

concuerdo en todo con el colega demonix
 #937014  por mfgcba
 
Colegas, gracias por las respuestas!!! Hice una interconsulta con un abogado especialista en sucesiones y finalmente inciare la declaratoria denunciando solo a mi cliente, publicare edictos y quedamos a la espera que comparezcan o no.

Saludos a todos y nuevamente gracias a todos por los aportes!!!!!!!
 #937199  por diegoignacio
 
no se en que casa de estudios curso pero hay dudas y dudas, la materia civil no es algo que pueda ignorarse y si no la maneja le recomiend que vuelva a leer.