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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #935280  por FroyNavarro
 
Buenas tardes colegas, todo bien?
A ver si me pueden dar una mano con esto. Ya estoy mareado de leer normativa y por ahí la solución es sencilla y no la veo, o no…
Una mujer jubilada con moratoria que ya termino de pagar quiere pensionarse. Su esposo falleció en febrero 2004 con 56 años y 9 meses (nació en mayo del 47). Solo tiene aportados 6 años y 3 meses entre 1970 y 1986, salteados. Es decir su ultimo aporte 18 años antes de morir con lo cual carece de toda regularidad. NO TENIA INSCRIPCION EN AUTONOMOS. Se que si puedo comprar los 30 años por moratoria, que me denieguen y voy a la CARSS y sale. Pero por la edad no llego a los 30 años de moratoria, ni a calcular proporcionalidad por ser mayor de 48. Es así? En ese caso que harían? O mejor dicho, se puede hacer algo? La verdad no me doy cuenta qué.
Gracias como siempre por su amable colaboración. Exitos!!!
 #935409  por FroyNavarro
 
Emma2011 escribió:En mi opinion no se puede hacer la pension.
sigo viendo y coincido cada vez mas con lo que me decís emma. Una lástima. Gracias por tu opinion. Salú!
 #935448  por alejandra01
 
fijate y decime a cuantos años llegás entre los aportes efectivos y la moratoria. Si superás los 15 años, deberás ir a la justicia por la inconstitucionalidad del decreto 460, que es lo que hace en tu caso que la señora no pueda pensionarse.
Hay muchos fallos al respecto.
Me extraña la afirmación de que nada puede hacerse. Yo tengo un caso en la justicia...
a leer chicos!...
FroyNavarro escribió:Buenas tardes colegas, todo bien?
A ver si me pueden dar una mano con esto. Ya estoy mareado de leer normativa y por ahí la solución es sencilla y no la veo, o no…
Una mujer jubilada con moratoria que ya termino de pagar quiere pensionarse. Su esposo falleció en febrero 2004 con 56 años y 9 meses (nació en mayo del 47). Solo tiene aportados 6 años y 3 meses entre 1970 y 1986, salteados. Es decir su ultimo aporte 18 años antes de morir con lo cual carece de toda regularidad. NO TENIA INSCRIPCION EN AUTONOMOS. Se que si puedo comprar los 30 años por moratoria, que me denieguen y voy a la CARSS y sale. Pero por la edad no llego a los 30 años de moratoria, ni a calcular proporcionalidad por ser mayor de 48. Es así? En ese caso que harían? O mejor dicho, se puede hacer algo? La verdad no me doy cuenta qué.
Gracias como siempre por su amable colaboración. Exitos!!!
 #935467  por FroyNavarro
 
[quote="alejandra01"]fijate y decime a cuantos años llegás entre los aportes efectivos y la moratoria. Si superás los 15 años, deberás ir a la justicia por la inconstitucionalidad del decreto 460, que es lo que hace en tu caso que la señora no pueda pensionarse.
Hay muchos fallos al respecto.
Me extraña la afirmación de que nada puede hacerse. Yo tengo un caso en la justicia...
a leer chicos!...

Mirá, no sabés la mano que me estas dando con el dato.
Tiene aportados 6 años y 6 meses.
Comprando por moratoria desde sus 18 hasta 9/93 (por los periodos que no aportó) puede llegar a 22 años exacto. TOTAL 28 AÑOS Y 6 MESES
Qué me aconsejás? Que complete 15 con la moratoria y lo inicie bajo insistencia? O que compre què cantidad de años, para que me lo rechazen y después pedir la inconstitucionalidad del decreto?
Estuve viendo algunos fallos y el fallecido tenía, en ciertos casos, alrededor de 20 años de aportes. En mi caso, el hombre tenía muy pocos y en aquellos no se aplicaba moratoria, en este debería hacerlo.
Millones de gracias por la ayuda. Salú!
 #935482  por Emma2011
 
fijate y decime a cuantos años llegás entre los aportes efectivos y la moratoria. Si superás los 15 años, deberás ir a la justicia por la inconstitucionalidad del decreto 460, que es lo que hace en tu caso que la señora no pueda pensionarse.
Hay muchos fallos al respecto.
Me extraña la afirmación de que nada puede hacerse. Yo tengo un caso en la justicia...
a leer chicos!...
La opinion que dimos es solo eso una opinión...puede estar bien o mal, es conforme a lo que sabemos... el que abre el post evaluará lo que contestamos..
Y porque no conocemos los "muchos fallos"...que vos has leído...sería bueno que dejaras de lado tus consejitos " irónicos :!: :!: "... y ya que has "leído tanto"...transcribas los fallos a que haces referencias asi todos podemos "leer mas..." y FroyNavarro puede hacerle la pension a su clienta.
 #935496  por diegomdp
 
alejandra01 escribió:fijate y decime a cuantos años llegás entre los aportes efectivos y la moratoria. Si superás los 15 años, deberás ir a la justicia por la inconstitucionalidad del decreto 460, que es lo que hace en tu caso que la señora no pueda pensionarse.
Hay muchos fallos al respecto.
Me extraña la afirmación de que nada puede hacerse. Yo tengo un caso en la justicia...
a leer chicos!...
FroyNavarro escribió:Buenas tardes colegas, todo bien?
A ver si me pueden dar una mano con esto. Ya estoy mareado de leer normativa y por ahí la solución es sencilla y no la veo, o no…
Una mujer jubilada con moratoria que ya termino de pagar quiere pensionarse. Su esposo falleció en febrero 2004 con 56 años y 9 meses (nació en mayo del 47). Solo tiene aportados 6 años y 3 meses entre 1970 y 1986, salteados. Es decir su ultimo aporte 18 años antes de morir con lo cual carece de toda regularidad. NO TENIA INSCRIPCION EN AUTONOMOS. Se que si puedo comprar los 30 años por moratoria, que me denieguen y voy a la CARSS y sale. Pero por la edad no llego a los 30 años de moratoria, ni a calcular proporcionalidad por ser mayor de 48. Es así? En ese caso que harían? O mejor dicho, se puede hacer algo? La verdad no me doy cuenta qué.
Gracias como siempre por su amable colaboración. Exitos!!!
Alejandra yo el unico caso que conozco de proporcionalidad con moratoria es morello y la verdad se que es proporcionalidad con moratoria porque lo dijo noelin porque del fallo no sale que asi sea, como poder intentarlo se puede intentar pero yo no aseguraria un resultado ya que hasta ahora hay 1 solo fallo que se conoce donde encima ni tocaron el tema de la compra por moratoria para lograr la proporcionalidad, por ahi noelin tiene alguno mas para ver que resuelven las distintas salas de la camara
 #935559  por alejandra01
 
Emma..supongo que el calor te está haciendo mal por lo cual no te voy a contestar....

Diego: vos sabés que no hablaba justamente de proporcionalidad. Fijate que estamos buscando argumentos como los del fallo Pinto, atento a la cantidad de años aportados. Si bien existe una moratoria, lo cual hace diferente el caso, los abogados están intentando cualquier tipo de demanda bien argumentada. Si alguien puede obtener una pensión con moratoria, y es válida, alcanzando los aportes para tener 15 años podría fundamentarla perfectamente ayudado con los fundamentos del caso que te cité. Todo es a remo obviamente, pero no comparto el que nada puede hacerse....te mando un beso
 #935593  por diegomdp
 
alejandra01 escribió:Emma..supongo que el calor te está haciendo mal por lo cual no te voy a contestar....

Diego: vos sabés que no hablaba justamente de proporcionalidad. Fijate que estamos buscando argumentos como los del fallo Pinto, atento a la cantidad de años aportados. Si bien existe una moratoria, lo cual hace diferente el caso, los abogados están intentando cualquier tipo de demanda bien argumentada. Si alguien puede obtener una pensión con moratoria, y es válida, alcanzando los aportes para tener 15 años podría fundamentarla perfectamente ayudado con los fundamentos del caso que te cité. Todo es a remo obviamente, pero no comparto el que nada puede hacerse....te mando un beso
si pero la persona solo tiene aportado 6 años con lo cual no es pinto ni garcia cancino porque en esos casos los aportes eran reales tampoco es declaracion de inconstitucionalidad de 12/60 teniendo 15 años de aportes que tambien hay varios fallos al respecto, esto seria proporcionalidad o llegar a 15 pidiendo la insconstitucionalidad de 12/60 pro sin los aportes y comprando con moratoria, y de esto no hay nada, es solo jugarse y ver si pasa como paso morello norma que como te vuelvo a repetir si noelin no decia que habia comprado con moratoria es imposible enterarse porque en el fallo se pasa por alto este punto.

el forista lo que debe saber que si quiere llevarlo a sede judicial que lo lleve pero que no asegure un resultado poruqe no hay casi jurispruencia que lo avale
 #935606  por alejandra01
 
Si Diego..pero nuestro trabajo últimamente es así. Vamos con lo que tenemos y depende el juzgado que te toque podés o no tener suerte. Noelín me comentó la última vez que le habían apelado nuevamente, pero no sé como sigue. Voy a averiguar eso.
 #935608  por noelin
 
SUMARIO DEL FALLO MORELLO:
1.-Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la acción interpuesta y confirmó la
resolución administrativa que había denegado el beneficio de pensión de pensión por
fallecimiento, y consecuentemente reconocer el derecho al mismo si el causante comenzó a
trabajar a corta edad (18 años) y a su fallecimiento ya acreditaba 26 años de servicios con
aportes, lo que revela una importante tasa de aportación que de no haber sido interrumpida
por su prematuro deceso, le habría permitido superar con holgura los 30 años de servicios con
aportes al cumplir los 65 años de edad, requeridos para la prestación por vejez del SIPA.
2.-Si quien aportó al sistema previsional en forma prolongada pero durante la última fase de su
vida activa no pudo efectuar regularmente sus aportes, falleciendo a edad temprana, exhibe
una situación que no puede ser soslayada por el juzgador, el cual ha de declarar la
inconstitucionalidad del art. 95de la ley 24241 y de las reglamentaciones contenidas en los
decs. 1120/1994, 136/1997y 460/1999.

NUNCA SE PUEDEN ASEGURAR RESULTADOS, LOS JUECES CAMBIAN DE CRITERIO. ESTE CASO ES LA PRUEBA.
 #935688  por Emma2011
 
noelin escribió:SUMARIO DEL FALLO MORELLO:
1.-Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó la acción interpuesta y confirmó la
resolución administrativa que había denegado el beneficio de pensión de pensión por
fallecimiento, y consecuentemente reconocer el derecho al mismo si el causante comenzó a
trabajar a corta edad (18 años) y a su fallecimiento ya acreditaba 26 años de servicios con
aportes, lo que revela una importante tasa de aportación que de no haber sido interrumpida
por su prematuro deceso, le habría permitido superar con holgura los 30 años de servicios con
aportes al cumplir los 65 años de edad, requeridos para la prestación por vejez del SIPA.
2.-Si quien aportó al sistema previsional en forma prolongada pero durante la última fase de su
vida activa no pudo efectuar regularmente sus aportes, falleciendo a edad temprana, exhibe
una situación que no puede ser soslayada por el juzgador, el cual ha de declarar la
inconstitucionalidad del art. 95de la ley 24241 y de las reglamentaciones contenidas en los
decs. 1120/1994, 136/1997y 460/1999.

NUNCA SE PUEDEN ASEGURAR RESULTADOS, LOS JUECES CAMBIAN DE CRITERIO. ESTE CASO ES LA PRUEBA.
Gracias Noelin por publicar el sumario del fallo, no había leido el post donde lo publicaste o comentaste.
Por lo que escribio Diego, habias completado con moratoria los 26 años...es correcto?
Esta firme o apelada? no entendi bien...
En algun lado del fallo se trato el tema de la compra de años por moratoria? no sera que no se dieron cuenta de esta circunstancia?
 #935693  por noelin
 
SI, SE TUVO EN CTA. PERO COMENZO A APORTAR ANTES DE LOS 18 AÑOS. LLEGO A LA CORTE, PERO YA LAIQUIDARON LA PENSION. ES PROPORCIONAL PQ LLEGO A 26 AÑOS X LA EDAD.
 #935697  por Emma2011
 
noelin escribió:SI, SE TUVO EN CTA. PERO COMENZO A APORTAR ANTES DE LOS 18 AÑOS. LLEGO A LA CORTE, PERO YA LAIQUIDARON LA PENSION. ES PROPORCIONAL PQ LLEGO A 26 AÑOS X LA EDAD.
Gracias nuevamente *flor* , lo que no entiendo (hoy mi cerebro esta medio lento...debe ser el calor que me esta haciendo mal....) es lo siguiente:
Tenia 26 años efectivamente aportados y completo los 30 con moratoria, pero se la acordaron porque aplicaron la proporcionalidad ya que tenia 26 aportados, no influyeron para nada los años comprados por moratoria, ni trataron ese tema...es asi?
O sea que no seria el caso que plantea el forista ya que en su caso no se llega a ninguna proporcionalidad, por favor Noelin, danos tu opinion sobre el tema que abrio el post ya que sería muy bueno conocerla.