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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #936022  por lolalp
 
Hola gente:
vino un sr. que tras trabajar 8 años -en blanco- en una empresa metalúrgica, por problemas con el dueño- -decide poner fin a la relación laboral y el día 13 del corriente envía telegrama de renuncia.
ahora bien, el tiene un problema en su mano derecha-producto de hacer fuerza con una maquinaria- que nunca denuncio... por temor a perder el empleo..
Consulta:
puedo iniciar un daños y perjuicios? acompañando informe de medico laborista? o que seria correcto hacer???
Desde ya muchas gracias.-
 #936545  por jovenabogada23
 
No importa que haya renunciado. Entiendo que lo que se renuncia es a las indemnizaciones de LCT. En cuanto a la Enfermedad Profesional, pedi un turno medico legista, que te de el porcentaje de incapacidad.Si es en Caba, pedi seclo, si es en provincia demanda directamente planteando las inconstitucionalidades de la LRT. Ante todo, fijate la prescripcion de la enfermedad. Saludos
 #936571  por JUSTINIANA
 
PUEDE RENUNCIAR O SER DESPEDIDO DE SU EMPLEO Y ELLO NO LE IMPIDE PERCIBIR LA INDEMNIZACION-DE CORRESPONDERLE-POR ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROFESIONAL.CONVENGO CON EL COLEGA ANTERIOR OJO! LA PRESCRIPCION
 #936606  por lolalp
 
hola jovenabogada23 y Justiniana por las prontas respuestas... comentare como sigue... buenas tardes