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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #936069  por estudiodeabogada
 
COLEGAS TENGO INICIADA UNA DEMANDA LABORAL HACE DOS AÑOS DONDE LOS DEMANDADOS SON 7 ENTRE PERSONAS FÍSICAS Y SOCIEDADES, YA NOTIFIQUE A 6 Y ESTOS CONTESTARON PERO ME FALTA LA SÉPTIMA QUE ES UNA SOCIEDAD ANÓNIMA, ÉSTA FUE CANCELADA EN AGOSTO DEL AÑO 2012 SEGÚN ME INFORMA EL REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS, ACÁ ESTA MI DUDA, CONSIDERO QUE NO ME CONVIENE DESISTIR DE ESTA, POR LO QUE TENGO PENSADO ATENTO A QUE UNA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEMANDADAS ERA LA PRESIDENTE DE ESA SOCIEDAD Y ESTA EN EL INTERCAMBIO TELEGRÁFICO CONTESTO POR SÍ Y COMO PRESIDENTE DE LA MISMA. CUANDO LA NOTIFICAMOS DE LA DEMANDA CONTESTO POR SÍ ATENTO QUE LA DEMANDA IBA CONTRA ELLA EN PARTICULAR, YO HABÍA PENSADO EN MANIFESTAR ESTO EN EL TRIBUNAL, SOLICITANDO QUE ATENTO LA CANCELACIÓN DE LA SOCIEDAD Y DE LA RESPONSABILIDAD DE SUS PRESIDENTES SE TENGA POR NOTIFICADA LA DEMANDA A LA PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD Y POR CONTESTADA TODO MANIFESTANDO LAS FS. DE CADA ACTUACIÓN, LO MÁXIMO QUE ME PODRÍAN DECIR ES QUE NOTIFIQUE A ESA PERSONA NUEVAMENTE EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA SOCIEDAD CANCELADA,ATRASANDO UN POCO MAS EL TEMA, VERDAD ? QUE ME SUGIEREN? ME TIENE LOCA ESTE TEMA QUE TENGO QUE DEFINIR CUANTO ANTES PUES ESTA PASANDO MUCHO TIEMPO. MUCHAS GRACIAS!
 #936076  por sanjuanino
 
La verdad la experta sos vos. Ni se me habría ocurrido esa solución para el problema. Para un caso similar si me toca voy a tomar tu consejo.
Hacelo y avisanos como te fue, por que la idea está buenísima. No se si es procedente del todo, pero esta buenísima
 #936105  por ebarreyro
 
En mi opinión, es inexacta la solución. La sociedad no existe más como persona jurídica. Sólo debería existir en su patrimonio un depósito en banco de remanente no liquidado. Asimismo, la última representación de la persona jurídica es ejercida por el liquidador, que suele ser el propio órgano de representación, aunque no siempre es asi. En puridad, lo que tiene que hacer es manifestar la liquidación en el juzgado, y pedir oficio a la IGJ para que le remitan con carácter urgente todo el legajo de la sociedad, así como los últimos balances y sobre todo, el balance liquidatorio. Luego de eso, a repartir responsabilidades, seguramente entre los socios.
 #936147  por agentil
 
La verdad no sé como tenes ganas de demandar a 7 personas, a veces es dificil notificar a una no me imagino a 7.

Tampoco entiendo porque se te complico tanto con la sociedad ya que el domicilio que te da IGJ no falla.

La colega que me precede tiene razón, la sociedad ya no existe como tal, entonces me costaría creer que aún le quede algun bien y que no haya desaparecido.

Yo desistiría y seguiría adelante para no perder mas tiempo.

saludos!!
 #936160  por andresxeneizes
 
otra opcion puede ser pedir notificacion bajo responsabilidad en el domicilio de la presidenta, a lo sumo se presentaran pidiendo la nulidad de la notificacion, pero para eso tienen que constituir domicilio y te soluciono el problema de la busqueda
 #936234  por DiegoAle
 
Si se demanda a la sociedad y a los socios por su responsabilidad en el manejo de la misma, yo no desistiría de la sociedad y oficiaría a la IGJ (si está inscripta en Capital Federal) para que informe liquidador y domicilio. Ahí notificaría a la sociedad en liquidación.
 #936238  por sanjuanino
 
Nos jodieron la idea... :lol: :lol: :lol: :lol:
y eso que yo pensaba que estaba buena.
 #936240  por agentil
 
DiegoAle escribió:Si se demanda a la sociedad y a los socios por su responsabilidad en el manejo de la misma, yo no desistiría de la sociedad y oficiaría a la IGJ (si está inscripta en Capital Federal) para que informe liquidador y domicilio. Ahí notificaría a la sociedad en liquidación.
Te pregunto, por mas que la sociedad no esté en la litis si demuestra trabajo en negro el gerente o director se lo responsabiliza igual, o no?

saludos!!
 #936244  por DiegoAle
 
agentil escribió:
DiegoAle escribió:Si se demanda a la sociedad y a los socios por su responsabilidad en el manejo de la misma, yo no desistiría de la sociedad y oficiaría a la IGJ (si está inscripta en Capital Federal) para que informe liquidador y domicilio. Ahí notificaría a la sociedad en liquidación.
Te pregunto, por mas que la sociedad no esté en la litis si demuestra trabajo en negro el gerente o director se lo responsabiliza igual, o no?

saludos!!
Lo que yo consideraría creo que poco importa, yo no me arriesgaría, son los jueces en el caso específico los que van a condenar o no.
Saludos.
 #936449  por estudiodeabogada
 
La sociedad estaba inscripta en provincia, se mandaron dos oficios pidiendo informes y el legajo, domicilio legal etc. y las dos veces solo contestaron que estaba cancelada, mi problema es notificar simplemente a la sociedad de alguna manera para trabar la litis , ya que se trata de un trabajo en negro y el responsable, dueño de todo aunque tiene todo testaferrado ya está notificado, por eso proponía esa solución como para trabar la litis y seguir ya que varios de los demandados son personas empleadas de los verdaderos responsables, es mas la presidente de esta sociedad ya ni vive en la zona y ni trabaja para los verdaderos responsables. Entiendo que si desisto puede complicarse mas la cosa ya que tendré que notificar a todos del desistimiento, etc. Que opinan?
 #936450  por estudiodeabogada
 
se trataba de un trabajo en negro, de una cadena de carnicerías con distintos nombres de fantasia que pertenecían a distintas sociedades y que iban cambiando por eso tantos demandados, obvio que hubiera preferido demandar a uno solo atento a mucha o poca experiencia que tengo pero no me quedaba otra opción.