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 #84243  por eloy
 
Hola, mi nombre es Eloy y quería sacarme un par de dudas.
Hace poco mas de 2 años me dieron tareas comunitarias, 2 años y 200 horas que por una razón u otro solo he cumplido alrededor de 100 horas y el tiempo de 2 años ya ha pasado. Mis dudas son la siguiente:

¿Si voy a pedir un certificado de antecedentes esto va a saltar?
¿Puedo tener un pedido de captura? (no quiero parecer paranoico...)
¿Si voy a pedir el certificado pueden perfectamente arrestarme si tengo pedido de captura no es cierto?
¿Una empresa o multinacional puede hacer un pedido de antecedentes por mi? Pregunto esto por que estuve a punto de entrar en un importante puesto en una empresa y de un día para otro, estando casi todo arreglado dieron marcha atrás
¿Si quiero salir del país de vacaciones puedo hacerlo sin problemas o puedo tener problemas en la frontera?


Desde ya gracias por cualquier tipo de respuesta y disculpen mi ignorancia, este no es mi tema precisamente.

 #84258  por EL_JUAN
 
Buenas.

te respondo tus ?? una a una.

1)SI, dado que todo antecedente (sentencia firme) va a figurar un tiempo en tu legajo, no recuerdo hoy por hoy cuanto es el tiempo máximo que figura pero anda como alrededor de 10 años

2)No creo que tengasm un certificado de captura. Pero hablá con el abogado que llevó tu causa para que te averigue como quedó, el sabrá aconsejarte. Yo te recomendaría que finalices de alguna manera esas horas que te faltan.

3)Si tenés pedido de captura es muy probable que si. Pues es de carga pública el actuar en estos casos y quien mejor que la gente del registro de reincidencias para saber si tenés o no pedido.

4) Por derecha el único que puede libremente solicitar ese certificado sos vos, que luego se lo des a alguien es cosa tuya, también lo puede solicitar unjuez o un fiscal. Pro por izquierda y teniendo los contactos pueden acceder a esa información, claro acá no le dan el certificado pero si le dicen que contiene. Esto sucede muy a menudo.

5) Es muy probable que al tener libertad morigeneada si tengas que dar cuenta en el juzgao si querés salir del país. Pero vos decís ue el tiempo se cumplió pero no el trabajo social, ahí me remito a la respuesta 2. Lo más seguro es que hables con tu abogado para que mueva el exp. y obtenga un proveido del juez en donde conste que has cumplido tu condena y eres libre de circular y bla bla. Es como llevar un segurito.

Espero que te haya servido de orientación. Slu2 Juan

 #84278  por Sailaw
 
Consultá con un abogado especialista en la materia,

 #84282  por eloy
 
Muchisimas gracias por las respuestas, voy a ponerme en contacto con un nuevo abogado ya que el que tenia era designado y no tengo la mas minima idea de cual era su nombre. Les agradesco nuevamente :oops:

 #84285  por eloy
 
Perdón, releyendo las respuestas me ha entrado una duda mas.

Recuerdo muy bien que al firmar el papel donde decía que teníamos (era un grupo de cinco personas) que cumplir las 200 horas y dos años nos dijo nuestro abogado, claramente, que quedaríamos sin ningún tipo de antecedente ni registro en ninguna parte, es por eso mismo que accedimos al arreglo con el fiscal. Tampoco recuerdo exacto el nombre que le daban a esto, creo recordar que era algo como "suspensión de juicio por X motivo...."

Igualmente pienso consultar un abogado pero me gustaría que me aclaran si es correcto lo que me dijeron y describo arriba.

Gracias.
 #84289  por macero
 
eloy escribió:Hola, mi nombre es Eloy y quería sacarme un par de dudas.
Hace poco mas de 2 años me dieron tareas comunitarias, 2 años y 200 horas que por una razón u otro solo he cumplido alrededor de 100 horas y el tiempo de 2 años ya ha pasado. Mis dudas son la siguiente:

¿Si voy a pedir un certificado de antecedentes esto va a saltar?
¿Puedo tener un pedido de captura? (no quiero parecer paranoico...)
¿Si voy a pedir el certificado pueden perfectamente arrestarme si tengo pedido de captura no es cierto?
¿Una empresa o multinacional puede hacer un pedido de antecedentes por mi? Pregunto esto por que estuve a punto de entrar en un importante puesto en una empresa y de un día para otro, estando casi todo arreglado dieron marcha atrás
¿Si quiero salir del país de vacaciones puedo hacerlo sin problemas o puedo tener problemas en la frontera?


Desde ya gracias por cualquier tipo de respuesta y disculpen mi ignorancia, este no es mi tema precisamente.
Eloy, te mande un privado, saludos

 #84297  por Sailaw
 
Si, es la probatio, pero me alarma que no hayas cumplido con tu obligación respecto del trabajo comunitario.

 #84302  por macero
 
eloy escribió:Perdón, releyendo las respuestas me ha entrado una duda mas.

Recuerdo muy bien que al firmar el papel donde decía que teníamos (era un grupo de cinco personas) que cumplir las 200 horas y dos años nos dijo nuestro abogado, claramente, que quedaríamos sin ningún tipo de antecedente ni registro en ninguna parte, es por eso mismo que accedimos al arreglo con el fiscal. Tampoco recuerdo exacto el nombre que le daban a esto, creo recordar que era algo como "suspensión de juicio por X motivo...."

Igualmente pienso consultar un abogado pero me gustaría que me aclaran si es correcto lo que me dijeron y describo arriba.

Gracias.
Es cierto que si cumplis con la totalidad de las obligaciones impuestas, al finalizar el período de tiempo de duración de las mismas, previo constatar que no hayas cometido delito alguno, se dispone el sobreseimiento y quedas sin ningún tipo de antecedente penal en lo que hace a dicha causa.
Saludos
 #93544  por vec07
 
Estimado Eloy, recién me conecto al foro, en cuanto a tus dudas te comento que el cumplimiento de las tareas impuestas (ya sea por Probation o por Abreviado) las sigue el Juzgado de Ejecucuión, como son sólo 3, están tapados de trabajo. Si tu causa fue llevada por un especialista en Derecho Penal, debo aclararte , que en esa estapa, suelen borrarse. Vos (si fuiste bien asesorado) sabrás que la acreditación de las mismas se hace en el Patronato (Palacio). Cuando salte que las incumpliste, te van a intimar por el ART. 515 CPPN, al domicilio constituido. Debiste haberte presentado todos los meses acreditando fehacientemente (con certificado de la institución donde las cumpliste)en el citado Patronato. Te aconsejo preguntes al boga que la llevó, que se fije en el expediente si hay alguna citación. Aunque no la haya decíle que presente un escrito en Ejecución, antes que salte haciendo un nuevo ofrecimiento para las que te restan y elabores una buena excusa por no haberlas cumplido.
Esperá hasta febrero, por la feria.
NO JUEGUES CON LA PRESCRIPCIÓN
Suerte (no oredenan la captura)
 #93686  por macero
 
Quien debe verificar el cumplimiento de las tareas comunitarias es el propio juzgado de ejecucion, si el imputado nunca fue notificado del lugar donde debia cumplir con las mismas, no le pueden dar por decaida la SJP.
En cuanto a la apreciacion que hace el ultimo de los foristas respecto a que los abogados penalistas "se borran" en dicha etapa procesal, considero que esta equivocado.
Saludos,
 #93779  por usuario
 
Para VEC07.-
Nunca dejo en banda a un cliente. Soy abogada y Lic. en Criminologia y casi todos mis amigos estan en el fuero penal y te aseguro que somos muy cumplidores con nuestra labor.
Quizas tengamos esa fama porque tenemos dinamica de trabajo diferente a otas ramas. Salimos de madrugada a atender una urgencia. Vamos a las carceles como a un Shoping, somos mas descontracturados, visitamos a clientes en Villas, nos movemos en juicios orales que comienzan a la 8 y no sabes si terminas a las 22hs. y asi durante varios dias,etc..
Pero te aseguro que trabajamos , Y MUCHO.
 #93804  por macero
 
usuario escribió:Para VEC07.-
Nunca dejo en banda a un cliente. Soy abogada y Lic. en Criminologia y casi todos mis amigos estan en el fuero penal y te aseguro que somos muy cumplidores con nuestra labor.
Quizas tengamos esa fama porque tenemos dinamica de trabajo diferente a otas ramas. Salimos de madrugada a atender una urgencia. Vamos a las carceles como a un Shoping, somos mas descontracturados, visitamos a clientes en Villas, nos movemos en juicios orales que comienzan a la 8 y no sabes si terminas a las 22hs. y asi durante varios dias,etc..
Pero te aseguro que trabajamos , Y MUCHO.
Coincido plenamente, no queda ninguna duda de que es como mencionas vos, los abogados penalistas que conozco -entre los que me incluyo- son todos muy responsables en lo que hacen y por demas cumplidores.
Saludos

 #94867  por vec07
 
Estimados colegas "penalistas", lamento que se interpretara como una crítica hacia todos los especialistas en la materia. Se de la guardia de "24 x 24hs" a las que estamos expuestos y soportamos, pero lamentablemente (y Uds., lo deben saber por experiencia propia), que muchos abogados encaran la profesión como si fuera un "polirrubro", y el tema penal es un o de los que encaran "de oido". No son pocos los clientes que se acercan por el tema que que se consultó, y los familiares que no encuentran respuesta del profesional que siguió la causa, cuando de salidas transitorias, condicional o cumplimiento (o incumplimiento) de las tareas, se trata(Ejecución), sobre todo cuando no tienen mucha experiencia y encaran la profesión " como yo lo se todo, "..
Espero seguir compartiendo este espacio, sin malos entendidos, me parece bueno, compartir las dudas y sobre todo obtener respuestas. Teniendo en cuenta, siempre lamejor solución para nuestros clientes.

vec07