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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #936669  por alejandra01
 
Hola chicos..una duda que me apareció.
demanda de muchos actores representados por un mismo letrado. Muchos actores.
actor fallecido, la viuda me solicita que la represente. Ya le notifiqué al letrado ratificando lo actuado desde el fallecimiento del actor. Me queda presentarlo en juzgado.
Ahora bien. Si el letrado que presentó la demanda impulsa todo, oficios de la apertura a prueba, etc (porque ya está en esa etapa)..yo solo debo esperar la sentencia no?.Me da verguenza, pero la verdad el tipo se trabajó todo...pero la señora no quiere que lo represente..
Los honorarios se regularán obviamente por la intervención, pero sinceramente, me da verguenza no hacer nada más que acreditar mi representación en el expte...Sería estúpido diligenciar yo también los mismos oficios no?...
 #936845  por ab157
 
alejandra01 escribió:Hola chicos..una duda que me apareció.
demanda de muchos actores representados por un mismo letrado. Muchos actores.
actor fallecido, la viuda me solicita que la represente. Ya le notifiqué al letrado ratificando lo actuado desde el fallecimiento del actor. Me queda presentarlo en juzgado.
Ahora bien. Si el letrado que presentó la demanda impulsa todo, oficios de la apertura a prueba, etc (porque ya está en esa etapa)..yo solo debo esperar la sentencia no?.Me da verguenza, pero la verdad el tipo se trabajó todo...pero la señora no quiere que lo represente..
Los honorarios se regularán obviamente por la intervención, pero sinceramente, me da verguenza no hacer nada más que acreditar mi representación en el expte...Sería estúpido diligenciar yo también los mismos oficios no?...

Yo lo veo distinto a como lo planteas. Varios actores en un mismo proceso, no significa que la acción entablada sea única. Precisamente se trata de acciones autónomas, que por cuestiones de conexidad, y más que nada practicidad, se acumularon en un único proceso.

Vos tenes que producir toda la prueba del actor que representas por medio de su viuda, como si fuera una demanda única. Esa es mi humilde opinión.
 #936866  por rolorolo
 
coincido, tenes que estar tan presente como el otro profesional.
 #936922  por alejandra01
 
gracias chicos..Hoy estuve en el juzgado y la secretaria me confirmó que la prueba ya fue producida por el letrado. Mi clienta, que asume como viuda, va a ratificar todo lo actuado por el letrado, por lo cual solo deberé esperar sentencia y/o hacer reiteratorios si hace falta..
*abrazo* gracias de nuevo...
 #936956  por ab157
 
alejandra01 escribió:gracias chicos..Hoy estuve en el juzgado y la secretaria me confirmó que la prueba ya fue producida por el letrado. Mi clienta, que asume como viuda, va a ratificar todo lo actuado por el letrado, por lo cual solo deberé esperar sentencia y/o hacer reiteratorios si hace falta..
*abrazo* gracias de nuevo...
Si la prueba está producida es otra cosa. No tengas tapujos en cobrar por tu trabajo. Si tu clienta no confía en el otro colega vaya uno a saber por qué. Suerte.
 #937025  por sanjuanino
 
ab157 escribió:
alejandra01 escribió:gracias chicos..Hoy estuve en el juzgado y la secretaria me confirmó que la prueba ya fue producida por el letrado. Mi clienta, que asume como viuda, va a ratificar todo lo actuado por el letrado, por lo cual solo deberé esperar sentencia y/o hacer reiteratorios si hace falta..
*abrazo* gracias de nuevo...
Si la prueba está producida es otra cosa. No tengas tapujos en cobrar por tu trabajo. Si tu clienta no confía en el otro colega vaya uno a saber por qué. Suerte.
Convengo.
 #937039  por alejandra01
 
gracias. *suerte* .
ab157 escribió:
alejandra01 escribió:gracias chicos..Hoy estuve en el juzgado y la secretaria me confirmó que la prueba ya fue producida por el letrado. Mi clienta, que asume como viuda, va a ratificar todo lo actuado por el letrado, por lo cual solo deberé esperar sentencia y/o hacer reiteratorios si hace falta..
*abrazo* gracias de nuevo...
Si la prueba está producida es otra cosa. No tengas tapujos en cobrar por tu trabajo. Si tu clienta no confía en el otro colega vaya uno a saber por qué. Suerte.
 #937040  por alejandra01
 
gracias Marito... *suerte*
sanjuanino escribió:
ab157 escribió:
alejandra01 escribió:gracias chicos..Hoy estuve en el juzgado y la secretaria me confirmó que la prueba ya fue producida por el letrado. Mi clienta, que asume como viuda, va a ratificar todo lo actuado por el letrado, por lo cual solo deberé esperar sentencia y/o hacer reiteratorios si hace falta..
*abrazo* gracias de nuevo...
Si la prueba está producida es otra cosa. No tengas tapujos en cobrar por tu trabajo. Si tu clienta no confía en el otro colega vaya uno a saber por qué. Suerte.
Convengo.
 #937524  por JUSTINIANA
 
si durante el procedimiento falleciere el actor CESA el poder conferido a su abogado,y ante tu comparecencia la mandataria exclusiva serías vos.-ASI funciona procesalmente: el mandato se extingue con a muerte.-Que valor tiene lo actuado sin poder? OJO!!! con la contraria, reconocele si o si los honorarios porque pobre hizo el trabajo...pero esta sin poder "falta de personeria"
 #937594  por alejandra01
 
de nuevo gracias. Obviamente voy a presentarme y hacer que mi clienta ratifique todo lo actuado porque también a mi me beneficia..
Y además, porque el abogado se lo merece. No hay que ser tan desmerecedor del trabajo de otro.
Saludos.
JUSTINIANA escribió:si durante el procedimiento falleciere el actor CESA el poder conferido a su abogado,y ante tu comparecencia la mandataria exclusiva serías vos.-ASI funciona procesalmente: el mandato se extingue con a muerte.-Que valor tiene lo actuado sin poder? OJO!!! con la contraria, reconocele si o si los honorarios porque pobre hizo el trabajo...pero esta sin poder "falta de personeria"
 #937671  por sanjuanino
 
alejandra01 escribió:de nuevo gracias. Obviamente voy a presentarme y hacer que mi clienta ratifique todo lo actuado porque también a mi me beneficia..
Y además, porque el abogado se lo merece. No hay que ser tan desmerecedor del trabajo de otro.
Saludos.
JUSTINIANA escribió:si durante el procedimiento falleciere el actor CESA el poder conferido a su abogado,y ante tu comparecencia la mandataria exclusiva serías vos.-ASI funciona procesalmente: el mandato se extingue con a muerte.-Que valor tiene lo actuado sin poder? OJO!!! con la contraria, reconocele si o si los honorarios porque pobre hizo el trabajo...pero esta sin poder "falta de personeria"
Eso es tener códigos compañera.
Felicitaciones y vaya todo mi aprecio
 #937676  por dagaboasol
 
Necesitamos más gente, colegas como alejandra01 *foto*

Apredan, apredan, apredan mangas de cuervos desalmados :evil:
 #937694  por alejandra01
 
gracias.
dagaboasol escribió:Necesitamos más gente, colegas como alejandra01 *foto*

Apredan, apredan, apredan mangas de cuervos desalmados :evil: