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  • Sucesión: venta de inmueble

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 #935812  por Abogltv
 
Buen día a todos! hoy les escribo para hacer una consulta sobre una sucesión. Una sra. inicia la sucesión de sus padres (año 2005), mi cliente (la hermana) fue notificada pero no se presentó por lo cual fue declarada única heredera la que lo inicio. Luego el primer abogado de mi cliente se presenta pide la ampliación de la declaratoria por incidente, a lo cual el juzgado le pide que siga por la via correspondiente (año 2007). Desde ese momento no presentó ningun otro escrito. La única heredera declarada fue adjudicada y vendio el inmueble en el año 2011 por una suma irrisoria. A fines del 2012 nos presentamos solicitando la ampliación de la declaratoria y la adjudicación del inmueble( sin saber que este ya habia sido vendido porque no figuraba en el expediente aún).
Todavia no se resolvió la ampliación (aunque el fiscal dictaminó en forma favorable), pero estamos estudiando lo que podemos hacer en relación al inmueble vendido, para lo cual tenemos dos opciones:
1- Plantear una petición de herencia
2- una acción de nulidad de la compraventa
¿Cual seria la mas viable? ¿me podrian pasar jurisprudencia o doctrina?¿Podria plantearse una nulidad de la sucesión?
Espero sus respuestas.
Saludos
 #935825  por ebarreyro
 
¿Por qué debería haber una más viable que la otra, si son acciones completamente distintas?. La mejor acción a tomar, dependerá del análisis de ciertas variables del caso que no da cuenta el post. Sin perjuicio de su gravitación, siempre es recomendable denunciar la jurisdicción. Y deberá saberse si hay otros bienes. Y qué pasó exactamente con el expediente luego de la acreditación del vínculo de su cliente.
 #935857  por juancolon
 
Buenas tardes, tengo un caso similar, donde a mi clienta (supuestamente fue notificada por cedula, ella dice que nunca recibio nada) y la declaratoria salio a nombre del hermano(que ahora fallecio y quedan los hijos de este ultimo).- Yo iba a solicitar una ampliacion de declaratoria y que la agreguen a mi clienta( creo tener la ventaja de que en el sucesorio de la madre es declarada heredera).- Ahora bien, no entendi eso del incidente??? se debe plantear por incidente?? cual seria la forma??

Gracias y perdon el desconocimiento sobre el tema

Saludos