Hola, alguien tiene algun modelo de recurso ante la carss por jubilacion con sdm denegada? La verificacion salio positiva en cuanto a la relacion laboral pero hubo contradiccion entre las horas que dijeron que trabajaba y las declaradas en el expediente
INTERPONE RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
Ref: Expte. N° 024-27-xxxxxx-5-974-000001
Sr. Jefe de ANSES
UDAI MDP
Su Despacho:
De mi mayor consideración:
xxxxxxxx, DNI xxxxxxxxxx, por mi propio derecho y en carácter de Titular de la solicitud del beneficio de Jubilación, requerida en el Expediente 024-27xxxxxxxx-5-974-000001, con domicilio real en la calle xxxxx N° xxxx de esta ciudad de Mar del Plata, me dirijo a usted, y respetuosamente digo:
I. OBJETO
Que vengo en tiempo y forma a interponer Recurso de Reconsideración contra la resolución N° RBO-AH xxxx/12, registrada bajo el Acta xx de fecha 14/12/2012, a través de la cual se me deniega el beneficio solicitado.
II. HECHOS
Que solicité beneficio de PBU-PC-PAP bajo el amparo de la Ley 24.476.
Que al momento de la solicitud, 17/09/2012 , yo cumplía con los requisitos establecidos en el art. 19 de la Ley 24.241, acreditando la totalidad de servicios con aportes, al adherirme al Régimen de Regularización Voluntaria Ley N° 24.476, de la siguiente manera: 22 años y 10 meses bajo el código 307 (costurera), 6 años y 11 meses bajo el código D89 (servicio doméstico) según SICAM N° xxxxxx/1 del 13/08/2012, es decir, 29 años y 9 meses con aportes, más 8 meses de Aportes en Relación de Dependencia de la firmaxxxx (según Sijyp) que sumados al exceso de edad que tenía al momento de la presentación, ello es, 2 meses, totalizaban 30 años y 7 meses de servicios con aportes.
Que sin embargo, la solicitud fue denegada con fecha 14 de diciembre de 2012, mediante Resolución N° RBO-AHxxx/12 considerando el Dictamen Legal a fojas 535 que “…la verificación a fojas 531/532 que tuviera por objeto acreditar la existencia de prestación de servicio domestico por parte de la peticionante, en el domicilio del declarado dador de trabajo xxxxxxxx ha arrojado un resultado incoherente…”
Es menester señalar que mis tareas en la casa del Señor xxxxxxx, siempre fueron de limpieza, incluso esto queda probado con lo que me pagaba ya que se basaba en el pago de acuerdo a la hora legal, es decir, y a modo de ejemplo, en el año 2009, la hora se pagaba $10,27 pesos, por lo tanto al trabajar 6 horas semanales, yo cobraba alrededor de $247 pesos mensuales por las 24 horas mensuales. Esto hubiera sido muy distinto si mi tarea hubiera sido el de cuidado de sus hijos ya que es una tarea mucho mejor remunerada, en ese momento, $15 pesos la hora.
Si bien es cierto que la familia XXXXX tiene dos niñas de 9 y 14 años respectivamente al día de la fecha, cuando comencé mis tareas de limpieza en su casa, las niñas tenían 2 y 7 años y su madre se ocupaba del cuidado de ellas mientras yo realizaba las tareas de aseo del hogar. Es probable, que en alguna oportunidad, cuando la madre hacía un mandado al almacén de la esquina, yo me quedaba momentáneamente al cuidado de las menores.
Asimismo es necesario recalcar que en ningún momento el Señor XXX manifiesta que mi tarea hubiera sido exclusivamente el cuidado de sus hijas; reitero, mi tarea era la limpieza de la casa.
Es necesario enfatizar que el dador de trabajo ha declarado que he laborado para él y si bien esto es cierto, él es quien mantenía su hogar y quien me abonaba mi sueldo, la mayor parte del mes no se encontraba en su hogar ya que su actividad era la de viajante, yo casi siempre me relacionaba con su esposa y sus dos hijas. Estimo que por esta razón puede haber confundido la naturaleza de la actividad principal que realizaba en su hogar, pero reitero que yo realicé siempre la limpieza de su hogar.
La Declaración Jurada que adjuntamos, firmada ante Escribano Público, es suficiente para reconocer la relación laboral de Servicio Doméstico que nos unía. Por cierto que los niños requieren el cuidado continuo y permanente de personal con conocimientos adecuados para la tarea encomendada, cuestión que, reitero, yo no poseo. Además, ¡poco podría haberlas cuidado durante sólo 2 o 3 horas diarias! Y de haber sido mi trabajo el cuidado de los niños, mi pregunta es la siguiente: ¿cuál hubiera sido mi tarea una vez que las niñas crecieron? Evidentemente, existió un error en la interpretación por parte del verificador de los dichos del dador, ya que ingresé a trabajar a su casa en el año 2005, cuando la más pequeña de las niñas tenía 2 años y la otra, 7 años. Pero mis tareas, reitero, siempre fueron de limpieza de su hogar.
Cabe señalar también que al momento de la verificación, el Señor XXXX se encontraba mal dormido; había llegado de un viaje esa misma madrugada, él es viajante, tal como lo manifiesta en la Declaración Jurada mencionada ut supra. El verificador lo interrogó en forma apresurada y XXXXX confundió la cantidad de horas que yo trabajaba, por lo tanto todo este inconveniente en la denegación de mi beneficio jubilatorio se trata de un error en el cálculo de las horas trabajadas por mí por parte del dador de trabajo, quien se encontraba nervioso, incómodo y perturbado ante la verificación. Es claro que las horas trabajadas semanalmente eran 6; había semanas que trabajaba 3 días, 2 horas cada día, y otras semanas que trabajaba 2 días, 3 horas cada día; es decir, nunca pasaban las 6 horas semanales que es lo que la familia XXXX podía pagarme. En cualquier caso, el error en la estimación de las horas semanales que yo trabajaba para el Señor XXX, no anula la plena prueba de que los servicios domésticos fueron efectivamente laborados por mí.
Consecuentemente, siendo que no está en discusión ni la relación laboral, ni los aportes realizados en forma extemporánea, es que solicito que la manifestación realizada en oportunidad de la verificación, se considere nula de nulidad absoluta.
Asimismo, a fojas 535 se lee “…reforzado por el resultado infructuoso de la indagación vecinal de fojas 532, donde no se observan testimonios conducentes.” Al respecto cabe señalar que la INDAGACIÓN VECINAL arroja el siguiente resultado: “CONCORDANTES CON LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y PERÍODOS” con lo cual, considero que no es infructuoso en modo alguno el resultado de la indagación vecinal.
Más adelante, a fojas 536 se lee “Se destaca que por los períodos que motivaron el presente análisis no se observan otras pruebas que acrediten los extremos requeridos por…”, al respecto cabe señalar que el Señor XXX tiene en su poder los Recibos de Pago firmados por mí, de cada uno de los sueldos que me abonó desde octubre de 2005 hasta agosto de 2012 y no le fueron requeridos en oportunidad de la verificación, solicito que sean requeridos en su oportunidad. Por ello me resulta extraña esta cita que concluye que “…en honor a la evaluación de pruebas aportadas las mismas han sido merituadas en honor a las reglas impuestas por la SANA CRITICA, artículo Art. 1 punto f, 2 de la ley 19549.” Me pregunto, ¿A qué pruebas se refiere? ¿A las no presentadas por el Señor XXX?
Concluye el dictamen que al no haber otras pruebas no puede estarse a la real prestación de servicio doméstico y aconseja “Confirmar como negativos la totalidad de los servicios consignados… resultando inverosímil la relación de trabajo invocada” Ante lo cual me surgen ciertas cuestiones: Yo trabajé durante 6 años y 11 meses con el SeñorXXXX. Él cumplió con la ley pagando los aportes con sus intereses correspondientes necesarios para que yo pudiera jubilarme. Hoy tengo que presentarme ante esta Administración, teniendo que contratar a una persona idónea en la materia para que me ilustre en la preparación de esta presentación, teniendo que ponerme en gastos de escribanías, con dinero que no tengo, siendo una mujer mayor con problemas de salud, ratificando todos estos dichos so riesgo de perder un beneficio jubilatorio que por ley me corresponde ya que tengo la edad para jubilarme y los aportes necesarios que exige la ley. Espero que el Señor Jefe de esta UDAI juzgue a conciencia como la ley y su corazón le dicten.
Asimismo presento dos testigos que conocen de mi relación laboral con el Señor XXX, a través de Declaraciones Juradas Testimoniales de Acreditación de Servicios Formulario PS 6.8 que adjunto a la presente.
III. PRUEBA
Como prueba que hace a mi derecho ofrezco la siguiente:
Documental: Resolución denegatoria N° RBO-AH XXX/12
Acta Notarial N° 197 F° 197 ante el Notario XXXX Certificación Notarial de Firmas e Impresiones Digitales DAAXX
Declaraciones Juradas Testimoniales Acreditación de Servicios Formulario PS. 6.8
IV. DERECHO
Fundo el derecho que me asiste en lo estipulado por los Artículos 14 bis, 17 y 75 inciso 22 de la Constitución Nacional.
V. PETITORIO
Por todo lo anteriormente expuesto al Sr. Jefe UDAI MDP solicito:
1) Se me tenga por interpuesto en tiempo y forma el presente Recurso de Reconsideración y por parte en el carácter de Titular invocado.
2) Se proceda a realizar una nueva verificación de los servicios que figuran en SIPA, En su defecto, solicito se requiera del dador de trabajo, su comparecencia en la sede de ANSES-UDAI MAR DEL PLATA, para realizar una Declaración Jurada que acredite la efectiva relación laboral, es decir su verosimilitud.
3) Oportunamente, se dicte un nuevo pronunciamiento en donde se ordene revocar la denegatoria del beneficio solicitado.
4) Se resuelva dictar una nueva resolución otorgando el beneficio solicitado, acreditándose mi derecho en forma retroactiva a la fecha del turno para la solicitud del beneficio, es decir, 17/09/2012, momento en el cual cumplía con los requisitos de años de servicios con aportes.
Sin otro particular, saludo a Usted muy atentamente,
XXXX
MUCHA SUERTE!
