Estimados, comparto una inquietud con ustedes. Un cliente recibio en donacion una propiedad de su padre reservandose este el usufructo. Con posterioridad cede el 50% del usufructo a otro de sus hijos. El padre fallecio extinguiendose en consecuencia su derecho. Mi duda: sigue en pie el 50% del dcho cedido o se extingue???
Espero respuestas. Gracias!
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