Sucesion a iniciar donde el acervo hereditario es un unico bien inmueble. Luego de dictarse la DH la intencion es vender el inmueble por tractro o bien subdividirlo. El tema es que son 7 herederos y uno de ellos se encuentra inhibido en el RPI. COnsulta: Que conviene hacer para que no se genere ninguna traba al momento de vender, seria conveniente omitir en el sucesorio a este heredero? Gracias.-
es para quilombo no incluirlo porque despues podria reclamarle a los hermanos su parte (aun cuando se la den porque no queda escrito en ningun lado que le pagan) y porque el acreedor si se entera podria hacer retrotraer el acto por existir un fraude y por ende seria un garron (y no me quiero poner con el tema de la estafa procesal).
yo no lo veo solucion que iniciarla y que entre que logran ponerla para inscribir el heredero solucione la inhibicion, porque los 6 hermanos sin comerla ni beberla tienen que arriesgarse a que nadie se entere de nada ni que el hermano deudor no los demande despues.
por ultimo entiendo que haciendo la simulacion de meter 6 hermanos en lugar de 7 podrias llegar a tener intereses contrapuestos entre tus clientes
