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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #937813  por sanjuanino
 
Si ella no firma esa notificación se le debería comunicar por carta documento (no estoy seguro que esto sea obligatorio)
Me parece que lo estas manejando muy bien. Yo no me preocuparía por el tema de los certificados.
 #937831  por ods
 
En esta instancia tenes que dejarla pastorear tranquila, si fabrica un despido indirecto va a tener que probar el perjuicio.
Yo creo que si la notificas por cd y no contesta podría entenderse una conformidad aunque la ley no lo diga de esa forma.
 #937835  por DiegoAle
 
No sé si se regularizaron los aportes como te hace notar sanjuanino, pero el tema de los certificados médicos que presenta tiene el empleador la facultad de control.
Ahora si también el médico del empleador está de acuerdo con la licencia médica pienso que no tenés nada que hacer.
Con respecto a la transferencia del establecimiento para poderse considerar despedida tiene que invocar la empleada el art. 226 y 242 de la LCT y la transferencia en los términos que vos esgrimis tampoco requiere la aceptación expresa y por escrito como es la cesión de personal sin establecimiento del art. 229 de la LCT.
 #939529  por sebastianlioy
 
Buenas vrj...
En cuanto termine la licencia, emplazala a q se presente a prestar tareas...
Mientras alla licencia, su sueldo lopaga la ART...
Comunicale la trasferencia por CD pork sino después se va a ser la mosquita muerta - pork pienso q dificilmente te firme la nota, y aun firmandotela vaya dios a saber q otra artimaña se le ocurre... para mi mejor mandaselo para ver si contesta algo sobre ius variandi-!
Cuando caería la presunción de despido por embarazo en tu caso concreto, digo, en que mes?