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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #939778  por drrrr
 
hola doctores. necesitaría consultar, si alguien me puede dar una manito, tengo una diferencia salarial en un despido del año 1990 algo de 900 pesos actualizado por la pagina de corte www.colproba.org.ar me da un monto de algo de $6000. pregunta : ese puede ser el monto o le estoy errando en algún calculo? desde ya muchas gracias
 #944882  por drrrr
 
gusgus escribió:y cual es la tasa que la sentencia dispone aplicar?
Perdon gusgus! la verdad que tenia la compu con un virus y no me podia conectar.. el tema es así porque el lunes tengo que sustituir al abogado anterior y necesito un consejito... la cosa es así : a mi cliente lo despiden mas o menos en los 90´ y le adeudan $900( en realidad eso es lo que solicita en la liquidacion el abogado anterior, lo que correspondia a 4 haberes de empleado de comercio... mi cliente sustituye al abogado anterior porque la suma que le ofrecen en el arreglo extrajudicial es lo que resulta de la tasa activa del banco provincia, lo cual hecho el calculo por mi da bien esa suma; ahora, al no haber sentencia sobre esa demanda, lo que yo quiero solicitar es los cuatro haberes de empleado de comercio algo que ronda los $20.000, eso actualizado por la tasa activa del banco provincia por los 23 años. como lo ves ?
 #944919  por pepecurdele
 
no es viable porque si tenes sentencia, no lo van a obligar a pagar 4 sueldos al valor actual, sino vas a tener que actualizar el valor historico por la tasa activa. En capital el 18,5 % y en Pcia el 35 %. Ese es el gran problema de los juicios viejos que quedaron desfasados por la inflacion y los aumentos salariales. Y menos mal que ahora en Pcia se aplica la activa, porque sino cuando se aplicaba la pasiva, directamente en esos casos te querias matar.
 #944923  por pepecurdele
 
drrrr escribió:
gusgus escribió:y cual es la tasa que la sentencia dispone aplicar?
Perdon gusgus! la verdad que tenia la compu con un virus y no me podia conectar.. el tema es así porque el lunes tengo que sustituir al abogado anterior y necesito un consejito... la cosa es así : a mi cliente lo despiden mas o menos en los 90´ y le adeudan $900( en realidad eso es lo que solicita en la liquidacion el abogado anterior, lo que correspondia a 4 haberes de empleado de comercio... mi cliente sustituye al abogado anterior porque la suma que le ofrecen en el arreglo extrajudicial es lo que resulta de la tasa activa del banco provincia, lo cual hecho el calculo por mi da bien esa suma; ahora, al no haber sentencia sobre esa demanda, lo que yo quiero solicitar es los cuatro haberes de empleado de comercio algo que ronda los $20.000, eso actualizado por la tasa activa del banco provincia por los 23 años. como lo ves ?
ademas quien te va transar un juicio por mas de lo que saldria en una sentencia.
 #944925  por pepecurdele
 
y da las gracias que no se aplica pasiva, sino la deuda hoy seria de $ 2300.-
 #944964  por pepecurdele
 
igual tu duda me hizo hacer la reflexion que hago en el post tasa activa trucha
 #945162  por drrrr
 
Gracias PEPE... pero el tema es que no hay sentencia porque luego de veintipico de años recién hace un mes tenia una audiencia de conciliación, la cual ofrecieron desistir porque haría una oferta... mi pregunta apuntaba a eso precisamente al no haber una sentencia. el tema es así: eran 4 haberes que daba como resultado algo de $900, lo que yo quiero reclamar al no haber sentencia la actualización mas intereses de esos 4 haberes, no de los $900.- será viable?
 #945191  por pepecurdele
 
no te van a dar bola, si queres intentalo en una sentencia, tendrias que introducir la cuestion en el alegato in vocce ( es Pcia no?), pero como te digo nadie va a ofrecer transar por mas de lo que normalmente pagaia en una sentencia.