Estimados colegas quería consultarles si los gastos de telefónia celular para uso personal del trabajador, tiene el caracter de remuneración? Creo que si, pero como lo consigno en el telegrama? Por ejemplo: Gastos de Telefonia celular por $100? Gracias!!
Si está claro que le pagan el celular para uso personal del trabajador es una prestación complementaria remunerativa.
Si el celular era para uso exclusivo de las tareas laborales y el trabajador lo utilizaba para su uso personal es una falta del trabajador pasible de su sanción proporcional.