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 #591528  por jamila
 
Buenas noches estimados foristas!!
Acá estoy intentando iniciar una sucesión en Córdoba Capital. Es mi primer caso de sucesión, por lo cual los molesto con las siguientes consultas:

1) Ya hice la demana, ¿dónde debo presentarla?
2) ¿cómo sigue el trámite?

Si alguien tiene algún material para que yo pueda leer... o me puede orientar...

Disculpen lo básico de mi pregunta, pero es la primer sucesión y no sé ni a dónde ir para comenzar...

Desde ya muchísimas gracias.
Buen fin de semana.
 #591574  por Emilianoh
 
Para hacer la declaratoria:
La iniciás en mesa de entradas, 2º piso sobre caseros.
Luego en el juzgado que te tocó acompañás las partidas de defunción y de nacimiento.
Se oficia al registro de juicios universales (subsuelo sobre Arturo M. Bas) y la llevás al fiscal para que se notifique.
Se publican edictos.
Una vez acompañados los edictos, se fija fecha de audiencia. La notificás.
Luego de la fecha de audiencia, acompañás un escrito pidiendo se dicte la declaratoria atento a que no compareció nadie a la audiencia.
Más o menos sería eso, si no me olvido de algo. De todos modos, si vas cumplimentando los proveídos del juzgado no te vas a equivocar.
Después de la declaratoria, en caso de ser necesario, se pide la apertura de la sucesión.
Saludos.
 #592035  por XIME
 
Hola colegas: Quisiera hacerles una consulta. El tema es el siguiente: un matrimonio (con dos hijos) desea "donar" a favor de una hermana de la conyuge un inmueble, sin embargo leyendo un poco me salto la duda de que no sea lo mas beneficioso, ya que en caso de morir el donante, en ese momento se hace el cálculo de la porción que tienen derecho a reclamar los herederos forzosos, es decir los hijos del matrimonio donante
El problema estaría dado porque la donataria desea, luego de la donación, vender el inmueble. Sin embargo es difícil que un comprador desee adquirir dicha propiedad ya que si el donante se excede en la donación, entregando una parte destinada a los herederos forzosos, éstos tengan derecho de reclamar al donatario o en su caso, al comprador, la restitución de ese bien hasta completar la proporción a la que la ley da derecho.

“En una donación a terceros, hay un vicio en el título que nace con la misma donación y no se sanea con la venta, de modo que persigue a la cosa, es decir, al inmueble".

El donante cuenta con otro inmueble (donde convive con su familia) y desconozco si cuenta con otros bienes. Ah otro dato es que el inmueble (a donar) se encuentra arrendado.

Mi clienta es la donataria, por lo que necesito saber qué me aconsejan para transferir la propiedad a nombre de ésta.
Muchas Gracias!!!!
 #592184  por jamila
 
Gracias, Emilianoh!!!
Seguiré los pasos que me indicaste... pero seguro luego haré algunas "preguntitas" más... espero no moleste.

Buena semana!"
 #594375  por jamila
 
Buen día a todos!! y Feliz viernes!!!

Dos consultas:
a) ¿sueles hacer firmar poder en el caso de la declaratoria de herederos o van como patrocinantes?
b) ¿se cobran honorarios antes de iniciar el trámite o los regula directamente el juez?

DEsde ya muchas gracias!
 #595344  por Emilianoh
 
Lo del poder depende de cómo te guste trabajar a vos, si te resulta cómodo les haces firmar el poder apud acta.
Y lo del cobro de honorarios, me parece que lo mejor es convenirlo con el cliente, en vez de esperar a la regulación del juez.
 #596853  por XIME
 
Hola! necesito una ayudita!!!!. El tema es el siguiente: se ha iniciado la declaratoria del causante, y actualmente la conyuge superstite desea inscribir la totalidad de la propiedad ( el cual es un bien ganancial, es decir a ella le corresponde el 50% y el otro 50% a los hijos) a nombre de sus dos hijos con reserva de usufructo a su favor. Mi pregunta es, si me presento en la declaratoria manifestando la voluntad de la conyuge superstite o debo tramitar por escritura la cesion de derecho?

Muchas Gracias Gente!!
 #599251  por maruga26
 
Hola estimados coterráneos! Estoy en mi primera DH y estoy con muchas dudas.
Estoy por publicar edictos y mis clientes(futuros herederos) quieren utilizar un vehículo que está a nombre de los causantes. Esto es posible antes que termine la declaratoria?
Debería solicitar un permiso al Juez tengo entendido...aguardo sus comentarios y disculpen si la pregunta es muy obvia.
Muchas gracias
 #599297  por Emilianoh
 
Si tienen la cédula verde, van a poder circular. Ahora, si está vencida, me parece que van a tener que esperar a que salga la declaratoria de herederos.
 #599503  por maruga26
 
gracias por tu respuesta emiliano! La tarjeta verde está vencida, así que veré la forma. Averigué en el seguro y me dicen que cubrirían previa dispensa del juez, pero la verdad no sé de que forma solicitarlo. En el caso de que encuentre aguna manera y lo logre lo comento así sumo algo al foro.
saludos!!
 #601218  por jamila
 
Gracias por responder!! y me sumo a la pregunta de XIME!!

Buen fin de semana para todos!!!!!!
 #940899  por cristinacampina
 
hola a todos !!!!!! yo soy de Rio Cuarto.... tengo una duda mi cliente quiere iniciar declaratoria... pero ella en 1985 inicio pero llego hasta los edictos y abandonó... mi duda es si hago todo de nuevo o tendre q pedir el desarchivo de aquella causa... nose si el registro de jucios universales ya existia en el 85... si alguien puede ayudarme le agradeceria mucho!!!!!!!!!!!!!!