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  • DUDA CON EJECUCION MAL HECHA

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 #938660  por "doctoraZA"
 
hOLA voy por la parte demandada... se instauro contra mi clienta una accion de ejecucion.....resulta ser que mediante embargo judicial se efectuo el pago casi total del expte el problema surge en que NUNCA FUE NOTIFICADA los abogados intervinientes libraron cedula bajo responsabilidad sobre un domicilio que no habitaba desde hacia mas de 10 años con prueba contundente q lo demuestra.- mi pregunta es prosperara mi planteo de nulidad sobre la ejecucion y que pasa con las sumas ya pagadas? les paso ? el expte tiene sentencia pero la ejecutada no pudo oponer sus defensas que opinan? y respecto la notificacion bajo responsabilidad quien asume los daños y perjuicios derivados de la falsa notificacion? gracias a todos
 #939428  por andresxeneizes
 
pregunto, hace cuanto se entero de la existencia de este expte mediante los embargos? estan dentro del plazo de 5 dias del 172 c proc para pedir la nulidad?

sino podes pedir la nulidad la que te queda si la ejecucion esta mal hecha es hacer el ordinario posterior
 #939448  por "doctoraZA"
 
es que los embargos llegan a la empresa a la clienta la notificaron aun domicilio del cual se habia mudado bajo responsabilidad parte actora ella ( mi clienta puede acreditar que no estaba alli) yo quiero saber si en la practica suelen hacer lugar a este tipo de pedidos quien respond epor los daños y perjuicios el ejecutante?? porq a todo esto de haber sido notificada presentaba excepcion de prescripcion.-
 #939487  por andresxeneizes
 
estamos de acuerdo que los embargos no te los notifican, pero queda constancia en el recibo de sueldo que se le hizo un embargo y que alli la clienta se entero de la existencia del juicio, por ende reitero estas dentro de los 5 dias desde que se conocio la nulidad?
 #939488  por andresxeneizes
 
estamos de acuerdo que los embargos no te los notifican, pero queda constancia en el recibo de sueldo que se le hizo un embargo y que alli la clienta se entero de la existencia del juicio, por ende reitero estas dentro de los 5 dias desde que se conocio la nulidad? es una cuestion muy discutible
 #941016  por "doctoraZA"
 
no doc pasaron ampliamente esos cinco dias!!!, pero creo que voy a pedir todo en juicio ordinario posterior, no creo q anulen porque si!! gracias a su disposicion!!