Buenos dias, quisiera saber si me pueden dar una mano con este caso:
Se nos presento una mujer de nacionalidad paraguaya la cual tuvo un hijo con su pareja (no se casaron), a la cual con posterioridad denuncio por violencia pero en sede penal. El padre del menor, tambien paraguayo, se fue a vivir a paraguay y desde hace 2 años que no tiene contacto ni con ella ni con el menor.
Debido a esta situación la mujer quiere quitarle la patria potestad al padre del menor. Entiendo que procedería por el 307 inc 2 del CC la suspension de la misma. Mi duda surge en que al estar el padre en paraguay .... debería notificarlo de la demanda vía exhorto, es asi? y despues de notificarlo como seguiría el proceso en materia de notificaciones? todas deberian hacerse via exhorto? Pregunto esto por el alto costo que tiene dicha diligencia y mi clienta no posee un buen pasar economico.
Muchas gracias.
Se nos presento una mujer de nacionalidad paraguaya la cual tuvo un hijo con su pareja (no se casaron), a la cual con posterioridad denuncio por violencia pero en sede penal. El padre del menor, tambien paraguayo, se fue a vivir a paraguay y desde hace 2 años que no tiene contacto ni con ella ni con el menor.
Debido a esta situación la mujer quiere quitarle la patria potestad al padre del menor. Entiendo que procedería por el 307 inc 2 del CC la suspension de la misma. Mi duda surge en que al estar el padre en paraguay .... debería notificarlo de la demanda vía exhorto, es asi? y despues de notificarlo como seguiría el proceso en materia de notificaciones? todas deberian hacerse via exhorto? Pregunto esto por el alto costo que tiene dicha diligencia y mi clienta no posee un buen pasar economico.
Muchas gracias.