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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #944008  por patito355
 
HOLA NECESITARIA SABER COMO SE HACE PARA PEDIR AL EMPLEADOR TENIENDO LA EDAD PARA JUBILARSE QUE ME OTORGUE LA LICENCIA PARA TRAMITAR LA JUBILACION CREO Q ES UN AÑO, QUE DEBO PEDIR ? YA QUE SI NO LLEVO NADA QUEDARIA COMO RENUNCIO AL TRABAJO Y LO QUE NECESITO ES SEGUIR COBRANDO EL SUELDO HASTA Q SALGA LA JUBILACION, SALUDOS!!
 #944013  por hugo2
 
patito355 escribió:HOLA NECESITARIA SABER COMO SE HACE PARA PEDIR AL EMPLEADOR TENIENDO LA EDAD PARA JUBILARSE QUE ME OTORGUE LA LICENCIA PARA TRAMITAR LA JUBILACION CREO Q ES UN AÑO, QUE DEBO PEDIR ? YA QUE SI NO LLEVO NADA QUEDARIA COMO RENUNCIO AL TRABAJO Y LO QUE NECESITO ES SEGUIR COBRANDO EL SUELDO HASTA Q SALGA LA JUBILACION, SALUDOS!!
Tenes que consultar con algun profesional de tu confianza.
 #944014  por abogadaya1
 
Los empleadores tienen la facultad cuando el empleado hombre cumple 65 años o la mujer 60 años de enviarle una CD en donde le dicen que se encuentran en condiciones de jubilarse y que prescindiran de sus servicios en tal fecha (es un año exacto de la fecha que envian la CD).
El empleador te entrega una certificacion de servicios para que inicies los tramites y te sigue pagando hasta que termina el año de plazo o si es antes hasta que le comuniques que ya te jubilaste.
 #944125  por sutriz
 
Buen dia
Re: jubilacion
por abogadaya1 » Mar Mar 19, 2013 9:17 pm

Los empleadores tienen la facultad cuando el empleado hombre cumple 65 años o la mujer 60 años de enviarle una CD en donde le dicen que se encuentran en condiciones de jubilarse y que prescindiran de sus servicios en tal fecha (es un año exacto de la fecha que envian la CD).
El empleador te entrega una certificacion de servicios para que inicies los tramites y te sigue pagando
- si seguís trabajando- hasta que termina el año de plazo o si es antes hasta que le comuniques que ya te jubilaste.
El año que empieza a correr desde que queda notificado no es una licencia, es la posibilidad de continuar trabajando - art.252 L de Contrato de Trabajo
 #944128  por sutriz
 
El año que empieza a correr desde que recibe la CD, significa el mantenimiento de la relación laboral hasta que se jubile.
Saludos