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  • ayuda reclamo ante cia serguro y mediacion obligatoria

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 #910192  por BETOLOTO
 
hola foristas, tengo un caso de reclamo de indemnizacion ante una una compañia de seguros por daños, y me surgio una duda terrible!!!! el caso es de un auto que destroza un local, la compañia no me recibe el reclamo porque dice que el dueño tenia seguro, pero este solo le cubrio parcialmente los daños. yo quiero reclamar al titular del auto y pense en ir primero a la compañia pero ahi no me reciben nada. Ahora voy a reclamar directo al titular del rodado pero me surge la duda si puedo directamente mandar cd e iniciar un juicio de daños o es obligatorio (estoy en provincia de buenos aires) hacel la mediacion previa. Nunca lo hice, hasta ahora me maneje a la vieja usanza ..... por favor ayuda de alguien que sepa :cry:
 #910264  por EJA
 
Se los cubrió parcialmente en virtud de lo que surge de la póliza o por algún otro motivo?

Si esa indemnización parcial tiene fundamento en la póliza de seguros, acompaña copia de la misma, también de la valuación de daños que hicieron respecto del inmueble y probá el pago parcial de los daños.

Por el resto, deberían considerar tu reclamo.

Saludos.
 #910360  por EJA
 
BETOLOTO escribió:gracias por sus respuestas, tengo otra duda, como serian los pasos a seguir para la mediacion previa ya que la aseguradora no me recibe nada, osea tengo que intimar al embistente y como continuo???
Notificales la audiencia de mediación al titular del rodado asegurado, al conductor y a la Compañía.

Saludos.
 #910440  por gusgus
 
extrajudicialmente no es requisito legal ningun paso o intimacion previa a la mediacion......

inicias directamente la mediacion, presentando la planilla de inicio de juicio solamente, en la receptoria.....
alli designan mediador al cual debes contactar en el plazo de 3 dias y llevarle la declaracion jurada de domicilios....
deberias leer la ley 13951 y su decreto reglamentario, te va a aclarar el tema

exitos!!!
 #910477  por Sailaw
 
Yo aprendí que la Cia de Seguro recien responde cuando le ponen el pie en el rostro, en ese momento comienzan el dialogo, luego conviene con seguridad obviar todo trámite previo y directamente meterles la mediación y juicio, y despues si quieren hablar.
 #910491  por EJA
 
Sai, yo no creo que sea tan así.

Primero, hay Compañías y Compañías. Después, estos años ha cambiado muchísimo la política de la Cía. de Seguros respecto de los reclamos de terceros, ya que han visto en los últimos años un incremento importante en la cartera de juicios justamente por lo que vos mencionás. Ahora se tiene otro tratamiento del tercero en cuanto a la negociación y los pagos (internet ayudó para que los tiempos y distancias se acorten).

De todas formas, sigue habiendo Cías. que mantienen esa política restrictiva y que te ofrecen monedas, casi empujándote a que metas la mediación y luego la demanda.

Saludos.
 #910493  por Sailaw
 
Puede ser que alguna Compañia obre bien, pero casi todas no lo hacen, así que salvo tener la data exacta, lo que conviene es la iniciación del trámite prejudicial de mediación y tener abierta la via judicial
 #910498  por EJA
 
Como me dijo una vez un jefe: "En el mercado hay Compañías Clase A, Clase AA y Clase AAA. Si vos estás en esto sabés cuál pertenece a cada clase".
 #910608  por drany
 
Indepèndientemente de la calificación de las Cías. de Seguros, estoy abslutamente de acuerdo con Sailaw.
La mediación resulta ser un instrumento muy efectivo para la formalización del reclamo. A partir de ese momento los apoderados de las Cías. comienzan a tomarte en serio, por decirlo de alguna manera.
Además es una excelente oportunidad para "medir" donde está plantado el requerido y calcular cuales serán las estrategias de defensa que van a utilizar en caso de una eventual contienda judicial.-
Si llegás a un acuerdo en esa instancia, buenísimo.
De lo contrario ya tenés expedita la vía judicial y evitás seguir dando más vueltas.
 #944310  por AGUSTIN10
 
HOla COlegas, tengo la siguiente duda. Un cliente tuvo un accidente de transito, tiene un remis el cual embistieron de atras. Ya presentó los presupuestos para la reparacion; ahora bien, recurre a mi porque quiere reclamar lucro cesante, hasta el momento no lo ha arreglado al auto. Mi duda es si en este estado de las cosas, puede presentar un reclamo de esta indole ante la aseguradora?; y de ser posible, si lo llaman para que retire el dinero de la reparacion, conviene que no lo reciba hasta que respondan el reclamo?. sOy novel y cada dia me surgen nuevas dudas. Alguien tendria algun modelo. Desde ya muchas gracias.