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 #901333  por PAUDOMINGUEZ
 
Les hago una consulta : divorcio terminado abogados percibieron sus honorarios, se autorizo oficio y testimonio a fin de inscribir, en el año 1997 se archiva, viene clienta a solicitarme que realice la inscripción, lo traigo del archivo y el juzgado de San Martín solicita notificar dicha situación al domicilio real, les consulto: para enviar cedula de notificación, presentar escrito de mi clienta se notifica, dejar oficio y testimonio a fin de inscribir debo si o si presentarme en el expediente pagar ius, bono y notificar al anterior abogado por ética profesional???
Gracias por sus respuestas.
 #901344  por LorePerez
 
Yo no pagaria nada, pero la cedula la tenes q enviar, y no a tu clienta, es a la parte contraria.
 #901585  por PAUDOMINGUEZ
 
Si entiendo dejo la cédula de notificación va a la otra parte y me dijeron en el juzgado que deje el Oficio para inscribir en ese mismo momento para que lo firmen pero el tema es que no quiero pagar obvio pero la cédula llevara mi firma no quiero cometer una falta de ética.  El expediente se archivo en el 97 y mi cliente no pudo dar con su abogado
 #901706  por justiciasinfin
 
La gestión profesional termina - a lo sumo - con la presentación a confronte de los interumentos a inscribir. No está obligado a diligenciar él mismo el oficio. Generalmente lo mandan a las gestorías. Rara vez pasa que es el mismo estudio que se encarga de trámites de este tipo. Por lo general, si lo hacen, lo cobran aparte de sus honorarios en la gestión de la causa que concluyó con la orden y firma de los instrumentos a inscribir. En este aspecto, me parece que no habría obligación de comunicar nada, pero por las dudas, yo igual lo haría.
 #944312  por sutriz
 
Buenas tardes
Me trajeron un oficio firmado en 1993 que solicita la inscripción de un divorcio. Dada la fecha de la firma del mismo , aún se puede inscribir con él ?
Gracias