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 #94405  por 123justicia
 
estimados,
colegas del foro penal, por favor a ver si me orientan, ya que de penal... yo.. casi nada...
es simple, tengo una duda.
me entero que hay una denuncia penal en comisaria contra X, por lesiones (leves) la carautla dice
lesiones a secas , por lo cual intuyo que son "leves"
"lesiones y amenaza"

llega una cedula de notificacion
imputado art 60 cpp Prov. bs as.-

que pasa, si el imputado jamas se notifica de esa cedula? :?:
se re notifica , creo, sigue sin notificarse..
ya que "no vive alli"
que hace la UFI interviniente archiva? y chau pinela... :?:
es un tema de familia.. en donde una pareja se pelea... "X" como un salame se mete a separarlos... ya que unode la pareja es su hermana...ja y ahora uno de la pareja el (hombre quee s un cobarde que le pego a la hermana de X), lo denuncio encima.... :oops:
 #94418  por usuario
 
Primero. Esta en Cria. o en Juzgado o,UFI?
Segundo .- Si no vive alli el denunciado la notificacion no existe.
Tercero.-Si estan vinculadas causas de Flia , generalmente mueren alli.Por otra parte las lesione spueden ser objetivables pero la relacion de causalidad entre el autor , el hecho y la victima es muy dificil de probar.

 #94419  por DOC23
 
Si no se notificó, no tiene motivo para preocuparse, por ahora!.
ojo!, que esté atento!.
comunicanos de la marcha de esto , te podemos guiar no es para preocuparse mucho, es para ocuparse nada mas!.
Suerte
 #94430  por 123justicia
 
usuario escribió:Primero. Esta en Cria. o en Juzgado o,UFI?
Segundo .- Si no vive alli el denunciado la notificacion no existe.
Tercero.-Si estan vinculadas causas de Flia , generalmente mueren alli.Por otra parte las lesione spueden ser objetivables pero la relacion de causalidad entre el autor , el hecho y la victima es muy dificil de probar.
hola y gracias.
interviene una UFI, se lo cito a comisaria por art 60 cpp.
el denunciado no vive alli.
te cuento; se la recibieron... en esa casa.. por un conocido en comisaria hable..dijo que va informar quer no vive alli...( " q es la verdad)

aunque el imputado, fue y firmo y se notifico por art 60-.

 #94433  por DOC23
 
si firmo, se notificó!, sigue el trámite!
le tomaran declaración.

 #94436  por 123justicia
 
DOC23 escribió:si firmo, se notificó!, sigue el trámite!
le tomaran declaración.

A VER PARA SIMPLIFICAR ALGO.

SI NO SE NOTIFICA NUNCA .!
QUE HJACE LA UFI.. EN GENERAL EN ESTOS CASOS..

1- ARCHIVA?
2-PIDE PARADERO?
3- (EXAGERADO) PIDE CAPTURA.-?

 #94455  por 123justicia
 
DOC23 escribió:si firmo, se notificó!, sigue el trámite!
le tomaran declaración.
A VER PARA SIMPLIFICAR ALGO.

SI NO SE NOTIFICA NUNCA .!
QUE HJACE LA UFI.. EN GENERAL EN ESTOS CASOS..

1- ARCHIVA?
2-PIDE PARADERO?
3- (EXAGERADO) PIDE CAPTURA.-?
_________________
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 #94471  por usuario
 
Conclusion de mi parte. No va a suceder nada.
Como va a probar la mujer que las lesiones se las causo el. Es una situacion muy simple???
Salvo que existan testigos .

 #94473  por 123justicia
 
usuario escribió:Conclusion de mi parte. No va a suceder nada.
Como va a probar la mujer que las lesiones se las causo el. Es una situacion muy simple???
Salvo que existan testigos .
ES QUE NO VI EL EXPEDIENTE EN LA UFI. ESTO ES DE HACE UN AÑO.. Y RECIEN AHORA LLEGO ESA NOTIFICACION.. NO SE SI HAY TESTUIGOS ES UNA DENUNCIA SOLAMENTE..
Q HACEN ARCHIVAN O SIGUEN BUSCANDO..?
AVER LOS QUE HACEN PENAL PORFI..

 #94612  por macero
 
123justicia escribió:
usuario escribió:Conclusion de mi parte. No va a suceder nada.
Como va a probar la mujer que las lesiones se las causo el. Es una situacion muy simple???
Salvo que existan testigos .
ES QUE NO VI EL EXPEDIENTE EN LA UFI. ESTO ES DE HACE UN AÑO.. Y RECIEN AHORA LLEGO ESA NOTIFICACION.. NO SE SI HAY TESTUIGOS ES UNA DENUNCIA SOLAMENTE..
Q HACEN ARCHIVAN O SIGUEN BUSCANDO..?
AVER LOS QUE HACEN PENAL PORFI..
A ver, tengo una duda: el imputado se notificò o no del art. 60 del CPP?.
Si la IPP esta en la UFI, anda y pedi verla asi observas que tipo de prueba hay, si existe alguna declaracion testimonial de testigo alguno, certificado de lesiones de la presunta victima, etc.
Depende mucho que va a hacer la UFI si el imputado esta o no notificado del artr. 60, sldos.

 #94661  por usuario
 
Mi estimado 123.-
Yo soy ademas Lic. en criminologia, o sea que lo que le conteste es asi.
Ud. puede ver el expediente en le UFI, y si. por no conocerlo aun a Ud. y no exigir datos , no se lo dejan ver, puede hablar con quien lo lleva y tendra los datos que necesita.
Los que trabajamos en penal sabemos bien que no hay nada peor que desesperarse y apurarse.
Quizas su cliente lo "apure".
Le aclaro que es uno de los delitos mas faciles de llevar.
Generalmente. le reitero no lo vuelven a citar. Es rarisimo que soliciten captura.
Otra cosa seria un juzgado.
Atte. lila

 #94676  por DOC23
 
Es así, relájese tome sol y espere que lo archiven por falta de prueba!.
felices vacaiones!
Lo que hacemos penal tomamos esto con el aplomo que se necesita y la urgencia que urge! solamente!.

 #94816  por 123justicia
 
DOC23 escribió:Es así, relájese tome sol y espere que lo archiven por falta de prueba!.
felices vacaiones!
Lo que hacemos penal tomamos esto con el aplomo que se necesita y la urgencia que urge! solamente!.
muchas gracias! ok tienen razon, es que por falta de costumbre de estos "temas"., uno se desespera un poco ok.
entonces yo deduzco de todo esto , que si no hubo notificacion , art 60 .-
lo mas probable.. es que no se vuelva a notificar, ya que se informa que el imutado no vive alli.-

averiguare mas datos , y veremos como continua.-

en realidad mi preocupacion es por esto;
salvando distancias ,. hace poquito tuve q tramitar una baja de pedido de paradero, -por prescripcion del delito-

se trataba de una defraudacion.- si mal no recuerdo se habia pedido el paradero en el año 1994!!! y aun estaba en sistema.-

tal vez la gravedad de este otro delito contra la propiedad.. haga que si se pida paradero,. esto tramito en Cap Fed.-
y las lesiones es de >Pcia de bs as.-
gracias.-

 #95787  por 123justicia
 
123justicia escribió:
DOC23 escribió:Es así, relájese tome sol y espere que lo archiven por falta de prueba!.
felices vacaiones!
Lo que hacemos penal tomamos esto con el aplomo que se necesita y la urgencia que urge! solamente!.
muchas gracias! ok tienen razon, es que por falta de costumbre de estos "temas"., uno se desespera un poco ok.
entonces yo deduzco de todo esto , que si no hubo notificacion , art 60 .-
lo mas probable.. es que no se vuelva a notificar, ya que se informa que el imutado no vive alli.-

averiguare mas datos , y veremos como continua.-

en realidad mi preocupacion es por esto;
salvando distancias ,. hace poquito tuve q tramitar una baja de pedido de paradero, -por prescripcion del delito-

se trataba de una defraudacion.- si mal no recuerdo se habia pedido el paradero en el año 1994!!! y aun estaba en sistema.-

tal vez la gravedad de este otro delito contra la propiedad.. haga que si se pida paradero,. esto tramito en Cap Fed.-
y las lesiones es de >Pcia de bs as.-
gracias.-


A VER LES SIGO INFORMANDO SOBRE ESTE TEMA, HUBO UNA NOVEDAD INCREIBLE...!
EL DENUNCIANTE.( DE LAS LESIONES Y AMENAZAS), FUE DENUNCIADO POR LA MADRE DE HOMICIDIO EN GRADOI DE TENTATIVA.. ( VIVEN EN LA MISMA PROPIEDAD DISTINTOS DEPTOS) Y LE HAN PUESTO CONSIGNA POLICIAL PARA PROTEGER A LA MADRE-.. CREO QUEE STO DESVIRTUA O INFLUEYE EN LA DENUNCIA DE LESIONES . QUE OPINAN??
PARECE DE PELICULA NO?
GRACIAS!

 #95793  por usuario
 
Si no haces penal derivalo a un colega especialista.