Estimados foristas: Quería consultarlos sobre lo siguiente . En una sucesión que tramitó en capital se dicta declaratoria. Heredan hijo y nietos (hijos de otro hijo). En la declaratoria dice que la suceden su hijo...y sus nietos ... El heredero (hijo de la causante) fallece y sus hijos inician la sucesión en otro Juzgado. Ahora todos quieren vender se va a hacer por tracto abreviado . Se pide el tracto abreviado en ambas sucesiones? O hay una forma más práctica para hacerlo? Agradezco rtas Adri 
Mónica
adrianne escribió:Estimados foristas: Quería consultarlos sobre lo siguiente . En una sucesión que tramitó en capital se dicta declaratoria. Heredan hijo y nietos (hijos de otro hijo). En la declaratoria dice que la suceden su hijo...y sus nietos ... El heredero (hijo de la causante) fallece y sus hijos inician la sucesión en otro Juzgado. Ahora todos quieren vender se va a hacer por tracto abreviado . Se pide el tracto abreviado en ambas sucesiones? O hay una forma más práctica para hacerlo? Agradezco rtas Adri
