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  • no entiendo por que el traslado

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 #945036  por magoo983
 
estimados en el fuero CayT se gano juicio ,se presento escrito pidiendo aclaratoria y apelando honorarios , la contraria apelo sentencia.
en cámara se presento nuestra expresión de agravios , y a la contraria se le venció el plazo transcribo texto "Ahora bien, en atención a que el plazo para que la demandada presente la expresión de agravios venció en las dos primeras horas del pasado 11 de octubre (confr. fs. 324 y 329/329 vta.), y toda vez que no puede tenerse por temporáneo el escrito presentado ante otro fuero, corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto (confr. art. 237 CCAyT). Ello es así, por cuanto en la cédula de notificación que hizo saber la puesta de los autos en la Secretaría a los fines del artículo 230 del CCAyT, se consignó correctamente el tribunal que iba a conocer en la causa (v. fs. 329) y no se advierten motivos que justifiquen el error incurrido. Por estas consideraciones el tribunal RESUELVE: Declarar desierto el recurso interpuesto por la demandada (confr. art. 237 del CCAyT). Sin costas en esta instancia al no haber mediado contradicción (art. 62, 2do. párr., del CCAyT). Regístrese, notifíquese y, oportunamente, devuélvase al[juzgado de origen.

ahora sacan otro proveído en donde se la traslado a la contraria de nuestra expresión de agravios

"En atención al estado de la causa, corresponde proveer la presentación de fs. 325/327: De la expresión de agravios, córrase traslado a la contraria por el término de diez (10) días (conf. art. 236 del CCAyT)."

A)Es correcto este traslado??? , tiene sentido ???,si la sentencia quedo firme para el demandado,
B) el traslado se notifica por nota o por cédula por que no dice notifiquese,
C) este ultimo proveído me obliga a que conteste la expresión de agravios de la contraria??? o es meramente un formalismo,
D)no se si impugnar este proveído
sinceramente es la primera vez que me sucede y no se que actitud tomar alguien me puede orientar.