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  • Triple Jubilación para profesionales, es posible

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #945110  por bogalitoral
 
Estimados:

Tengo un caso de un Médico que ha trabajado:

1°.- Hospital Público: aporta a Caja Provincial

2°.- Autónomo: aporta a ANSES

3°.- Ejerce la profesión: aporta a la Caja Profesional

de conformidad al art. 13 de la Res SSS 363/81... puede tener una jubilación de cada caja si completa la línea en cada una de ellas?

yo tenía entendido que así era, pero hoy discutía con un colega de la caja provincial y me decía lo siguiente: que puede tener una jubilación por la caja profesional y una en la que combine los aportes provinciales y nacionales; es decir, en total 2 jubilaciones.

La verdad, no tuve ganas de seguir discutiendo delante de muchas personas que estaban ahí y preferí traer el debate aquí

espero opiniones.-
 #945244  por arielruiz86
 
Entiendo que si la caja provincial tiene convenio o esta armonizada con la nacion, como Santa Fe, Córdoba y casi todas las demas provincias (me parece que no hay provincia que quede afuera), solo puede obtener dos beneficios.
 #945342  por lola442
 
Puede jubilarse por caja de profesionales y por la Caja en que tenga más años de aportes entre Nación y Provincia -Principio de caja otorgante- La Caja que resulte otorgante deberá reconocer los aportes de la otra Caja.-
 #945355  por periquita
 
Coincido con todo lo expresado: en este caso sólo puede tener 2 jubilaciones, pero el título podría llevar a confusiones para otros casos porque sí se pueden tener 3 jubilaciones si además de aportar a Naciòn y/o alguna provincia (1 sola jubilación) se aportó suficiente cantidad de años a 2 cajas de 2 jurisdicciones distintas. Por ej. un médico que vive en zona limítrofe entre 2 provincias y trabaja y aporta a la caja de profesionales en ambas.

Saludos
 #1078340  por IurisChantum
 
Estimados colegas del Foro -
La consulta es la siguiente,
.... Cliente que está actualmente aportando a 2 Cajas Profesionales de Provincia de Buenos Aires, por desempeñar dos Profesiones distintas al mismo tiempo y ademas aportando al Monotributo, es posible que este cliente al momento de su Jubilacion, pueda obtener las 3 Prestaciones por las que viene aportando hace años, o sea las 2 Privadas, una de cada Profesion y adermas la correspondiente al Monotributo..???

Espero Vuestras Respuestas sobre el tema...

Muchas Gracias
 #1079656  por alejandra01
 
hola gente...ya que estamos con el tema...
abogada me consulta si además de lo que aporta en su caja previsional, puede adherirse a moratorias vigentes (24476) y jubilarse por anses a los 60 años también...acompañando el componente previsional también a su monotributo como abogado.
espero me entiendan..gracias.

otra duda que me surgió: la 24476 la podemos aplicar como otros libre de deuda en el tiempo, y serviría para la jubilación. Con la nueva ley eso no es posible no es cierto???... :roll:
 #1079997  por Emma2011
 
alejandra01 escribió:hola gente...ya que estamos con el tema...
abogada me consulta si además de lo que aporta en su caja previsional, puede adherirse a moratorias vigentes (24476) y jubilarse por anses a los 60 años también...acompañando el componente previsional también a su monotributo como abogado.
espero me entiendan..gracias.
A ver...en mi opinion puede adherirse a la 24476 en periodos hasta el 9/93, en los posteriores a esa fecha, seguramente solo estara pagando de monotributo el componente impositivo...o sea monot.11 habría que preguntar en afip si la pueden inscribir retroactivamente a monotributista 10 y abonar todo lo adeudado de contado...no se si es esa tu pregunta... :roll: :roll:


otra duda que me surgió: la 24476 la podemos aplicar como otros libre de deuda en el tiempo, y serviría para la jubilación.
Estimo que si, yo lo he hecho...

Con la nueva ley eso no es posible no es cierto???... :roll:
En mi opinion no.
 #1080000  por paulasantafe
 
Emma2011 escribió:
alejandra01 escribió:hola gente...ya que estamos con el tema...
abogada me consulta si además de lo que aporta en su caja previsional, puede adherirse a moratorias vigentes (24476) y jubilarse por anses a los 60 años también...acompañando el componente previsional también a su monotributo como abogado.
espero me entiendan..gracias.
A ver...en mi opinion puede adherirse a la 24476 en periodos hasta el 9/93, en los posteriores a esa fecha, seguramente solo estara pagando de monotributo el componente impositivo...o sea monot.11 habría que preguntar en afip si la pueden inscribir retroactivamente a monotributista 10 y abonar todo lo adeudado de contado...no se si es esa tu pregunta... :roll: :roll:

Hace un tiempo consulte en AFIP si el monotributo no aportante se podia pasar a 10 retroactivamente y me dijeron q NO

otra duda que me surgió: la 24476 la podemos aplicar como otros libre de deuda en el tiempo, y serviría para la jubilación.
Estimo que si, yo lo he hecho...

Con la nueva ley eso no es posible no es cierto???... :roll:
En mi opinion no.
 #1080090  por alejandra01
 
tal cual Emma...eran mis dudas..voy a ver el tema de la retroactividad..aunque la verdad, con lo que se cobra de jubilación en anses, creo que a la sra le convendría inventir en un negocio que le deje más plata que los 3 mil pesos que paga el estado..pagar tanto como retroactivo para cobrar esa miseria..mil gracias...lo voy a exponer igual...
un beso.
Emma2011 escribió:
alejandra01 escribió:hola gente...ya que estamos con el tema...
abogada me consulta si además de lo que aporta en su caja previsional, puede adherirse a moratorias vigentes (24476) y jubilarse por anses a los 60 años también...acompañando el componente previsional también a su monotributo como abogado.
espero me entiendan..gracias.
A ver...en mi opinion puede adherirse a la 24476 en periodos hasta el 9/93, en los posteriores a esa fecha, seguramente solo estara pagando de monotributo el componente impositivo...o sea monot.11 habría que preguntar en afip si la pueden inscribir retroactivamente a monotributista 10 y abonar todo lo adeudado de contado...no se si es esa tu pregunta... :roll: :roll:


otra duda que me surgió: la 24476 la podemos aplicar como otros libre de deuda en el tiempo, y serviría para la jubilación.
Estimo que si, yo lo he hecho...

Con la nueva ley eso no es posible no es cierto???... :roll:
En mi opinion no.