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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #945032  por abogadaya1
 
Planteo el siguiente caso una persona tiene aportes en el sijp por dos años 1970 y 1971 tiene fecha de alta en enero y no tiene fecha de baja.
El cliente me dice que trabajo hasta 12/75 pero no tiene certificacion de servicios.
La probatoria 524/08 dice que los servicios anteriores al 31/12/77 se tendran por acreditados la totalidad de los periodos declarados si figura en el sijp 2 años de aportes.
Por lo tanto considero que me tienen que acreditar el periodo 1/1/70 al 31/12/75 ya que tengo 2 años de aportes en el sijp y el periodo es anterior al 31/12/77.
Es correcto mi razonamiento.
Desde ya muchas gracias
 #945050  por sutriz
 
HOLA
Es correcto pero, en tal caso , he intimado al empleador por la entrega de la C.S. por los períodos....y en caso que no lo obtenga, en formulario de inicio, en observaciones,pido aplicacion de la res.524/08, p. 1.1.2 y acompaño telegrama. Los períodos fueron reconocidos.
Saludos
 #945341  por lola442
 
Es correcto, deben tomartelo solo invicando la 524. No hace falta nada más.-
 #945360  por diegomdp
 
si en meses trabajados dice 12 en cada año el sica los va a reconocer.