Estimados, quería me ayuden a despejar una duda con respecto al pago de horas cuando se realizan trabajos fuera del lugar habitual, como por ejemplo fuera de la provincia.
En este caso, se trataría de un viaje después de desempeñar las tareas habituales del dia. Ejemplo: Horario habitual de trabajo de Lun a Vier de 07:00 a 16:30. Ingreso 07:00 cumplimiento normal de actividades, 17:00 Hs se parte a realizar trabajos en la planta de un cliente por orden del empleador (Viaje 5 Horas) se llega al hotel, se pasa la noche. al dia siguiente se realizan los trabajos en el establecimiento del cliente (desde 07:00 a 18:00 Hs) se vuelve al hotel a dormir, y al día siguiente de este, se siguen las actividades en el establecimiento del cliente (Desde 07:00 a 12:00) luego de lo cual se vuelve a la empresa, llegada 17:00 Hs. Total de horas fuera después de cumplir la jornada normal 48 Hs.
Empleado bajo el convenio de UOM. Dicho convenio dice en su Articulo 69° Inciso "a) Todo el tiempo de viaje será abonado de acuerdo a su salario sin recargo de ninguna
naturaleza" Esto quiere decir que se le deben pagar las 48 Hs que permaneció fuera según su salario normal? + el 15% correspondiente del Art. 69| Inc, C?, el empleador alega que solo deben pagarse las horas de trabajo en el establecimiento del cliente, esto es asi?.
A mi entender, las horas de viaje se deben pagar extras al 50% por estar realizando una actividad para la empresa después del horario habitual de trabajo + el complemento por horas nocturnas correspondiente + el 15 % por lejanía del hogar (Art. 69| Inc, C, Conv. UOM), en el horario habitual de trabajo de 07:00 a 16:30 normales + el 15%, en el resto del dia extras al 50% + el 15%.
Por favor necesito su opinión experta en el tema.
Desde ya muchas gracias, un saludo!
En este caso, se trataría de un viaje después de desempeñar las tareas habituales del dia. Ejemplo: Horario habitual de trabajo de Lun a Vier de 07:00 a 16:30. Ingreso 07:00 cumplimiento normal de actividades, 17:00 Hs se parte a realizar trabajos en la planta de un cliente por orden del empleador (Viaje 5 Horas) se llega al hotel, se pasa la noche. al dia siguiente se realizan los trabajos en el establecimiento del cliente (desde 07:00 a 18:00 Hs) se vuelve al hotel a dormir, y al día siguiente de este, se siguen las actividades en el establecimiento del cliente (Desde 07:00 a 12:00) luego de lo cual se vuelve a la empresa, llegada 17:00 Hs. Total de horas fuera después de cumplir la jornada normal 48 Hs.
Empleado bajo el convenio de UOM. Dicho convenio dice en su Articulo 69° Inciso "a) Todo el tiempo de viaje será abonado de acuerdo a su salario sin recargo de ninguna
naturaleza" Esto quiere decir que se le deben pagar las 48 Hs que permaneció fuera según su salario normal? + el 15% correspondiente del Art. 69| Inc, C?, el empleador alega que solo deben pagarse las horas de trabajo en el establecimiento del cliente, esto es asi?.
A mi entender, las horas de viaje se deben pagar extras al 50% por estar realizando una actividad para la empresa después del horario habitual de trabajo + el complemento por horas nocturnas correspondiente + el 15 % por lejanía del hogar (Art. 69| Inc, C, Conv. UOM), en el horario habitual de trabajo de 07:00 a 16:30 normales + el 15%, en el resto del dia extras al 50% + el 15%.
Por favor necesito su opinión experta en el tema.
Desde ya muchas gracias, un saludo!