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 #945469  por Stefania84
 
Estimados Colegas:

Voy a iniciar una sucesión ab-intestato en Cap. Fed.
Son 2 inmuebles y un automotor que integran el acervo.
Mi consulta es, sobre los bienes inmuebles la tasa de justicia es del 1,5 %.
Además, ¿se debe pagar un 5% de ese 1,5% sobre los bs. muebles que integran cada inmueble?
Desde ya, muchas gracias!
 #945529  por Stefania84
 
andresxeneizes escribió:si, se paga al momento en que se pide la inscripcion de los bienes

Muchisimas gracias!!!! :)
Saludos!!!
 #945533  por Stefania84
 
Una consulta mas....supónte que un inmueble no tiene bienes muebles, es decir, que estuviese vacio.
Como se hace en ese caso?
 #945639  por ale532
 
El rubro "muebles" se refiere a automotores (muebles registrables) y no a los muebles que hay dentro del inmueble. Por lo que, en el caso que consultas, solo completas el rubro "inmuebles".

Saludos
 #945655  por mcnulty
 
Stefania84 escribió:Una consulta mas....supónte que un inmueble no tiene bienes muebles, es decir, que estuviese vacio.
Como se hace en ese caso?
No importa aunque fuese un baldío .... , pagas siempre el 5% (de la tasa de 1,5 %) por cada inmueble
 #945781  por Stefania84
 
ale532 escribió:El rubro "muebles" se refiere a automotores (muebles registrables) y no a los muebles que hay dentro del inmueble. Por lo que, en el caso que consultas, solo completas el rubro "inmuebles".

Saludos

Muchas gracias Ale!!! De gran ayuda lo suyo