Hola a todos: necesito ayuda para un caso, donde mi cliente trabajó como empleado de la construcción y lo echaron. Por ello, recibió el pago del Fondo de cese laboral, pero la suma del mismo fue inferior a la que correspondía, es decir, que hay una diferencia salarial, no?. Debo intimar por el art. 18 de la ley 22250 para que paguen la diferencia existente del fondo? o debo plantear reclamo por diferencias salariales para que paguen también la parte del SUELDO que no cobro? puedo intimar igual aunque se haya pasado el plazo de 10 dias del art. 19? agradecería mucho la ayuda ya que estoy trabada con esto, gracias saludos!
si le pagaban menos del devengado de convenio habría diferencias de salarios sino no.
puede ser que le hayan pagado bien y hecho mal los depósitos al fondo de cese laboral o que ambos estén mal.
en uno u otro caso intimá por el art 18
lo del 19 si pasaron más de 10 días que indica perdés las multas