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  • incumplimiento art 6 dec. 717/96

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #944418  por lolalp
 
Hola Gente... buenas y frias noches:
el tema es el siguiente....
1.-El trabajador xx con fecha 24/12/2012, pone en conocimiento de su empleador sobre la aparición de ganglios en muñeca izquierda (trabaja como operador de una morza dobladora de perfiles) con la misma fecha el empleador notifica a ART
2.-Con fecha 24/12 comienza a ser atendido en el centro médico laboral,
3.-Con fecha 24/01/2013 recibe verbalmente el alta de ese centro médico laboral
3.1.- Con fecha 24/01/2013 se presento el Sr xx a su lugar de trabajo
4.- Con fecha 14/02/2013 el trabajador xx renuncia.
5.- Con fecha 07/03/2013 concurre a mi estudio en consulta y se envía carta documento al empleador donde se le anoticia lo manifestado en el punto 3.
6.- Con fecha 07/03/2013 se envía carta documento a la ART donde se manifiesta lo expresado en el punto 3
7.- Con fecha 18/03/2013 ART rechaza los términos de la Carta documento enviada
expresando que de acuerdo a lo expresado en por el área de prestaciones medicas se ratifica
rechazo en relación al infortunio por el sufrido, además expresa que de persistir la
discrepancia con lo manifestado por esta ART pude recurrir ante la comisión medica local

CONSULTA:
La ART le notifico el rechazo 54 días después mediante carta documento que menciono en el punto 7, ¿teniendo en cuenta el artículo 6º del dto. 717/96 (Días corridos)
1.- Se entiende que queda aceptado el siniestro?
2.- Se deberá rechazar la carta documento el punto 7 por extemporánea ?
3.- Esta situación expuesta transforma el caso en un reclamo laboral? O debo primero presentar una apelación ante la comisión médica local para la continuidad del tratamiento y posterior
determinación de incapacidad.... por favor solicito me orienten pasos a seguir....
 #944599  por DiegoAle
 
El rechazo sería extemporáneo, pero vos ponés que la ART dice que "se ratifica rechazo".
Habrá un rechazo anterior?
 #946072  por lolalp
 
hola diegoale... en principio gracias por responder, te copio lo que mando art.. en su parte pertinente
CUMPLIMOS EN HACERLE SABER QUE DE ACUERDO A LO INFORMADO POR EL ÁREA DE PRESTACIONES MEDICAS SE RATIFICA RECHAZO EN RELACIÓN AL INFORTUNIO POR UD. SUFRIDO DE FECHA ... mi cliente nunca recibio en forma fehaciente rechazo alguno....
 #946145  por DiegoAle
 
Si tú cliente nunca se notificó fehacientemente del rechazo antes, la supuesta ratificación es un rechazo extemporáneo por lo que si consideras como yo que el trámite ante las Comisiones Médicas en una pérdida de tiempo, lo que te queda es demanda laboral fundada en normas de la LRT y 26773, de derecho común laboral, civil, etc, planteando las inconstitucionalidades de siempre más de la 26773.