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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #946029  por dorado
 
Hola a todos¡¡¡ . Por favor, consulto lo siguiente:

[*] El cómputo por los servicios realizados en policía tiene carácter común? (Es decir: Código 102).

[*] A través de la CTA. CTE. -reimputaciòn- se puede abonar únicamente el componente autónomo, sin abonar el impositivo y la obra social. Quiero saber si se considera el mes como pago, ya que en el sicam sale en 0.
Entiendo que como son períodos no presciptos AFIP puede reclamar el pago. Pero quiero saber si se puede presentar así, para que el cliente no tenga inconvenientes.

Muchas Gracias.
 #946225  por diegomdp
 
dorado escribió:Hola a todos¡¡¡ . Por favor, consulto lo siguiente:

[*] El cómputo por los servicios realizados en policía tiene carácter común? (Es decir: Código 102). SI

[*] A través de la CTA. CTE. -reimputaciòn- se puede abonar únicamente el componente autónomo, sin abonar el impositivo y la obra social. Quiero saber si se considera el mes como pago, ya que en el sicam sale en 0.
Entiendo que como son períodos no presciptos AFIP puede reclamar el pago. Pero quiero saber si se puede presentar así, para que el cliente no tenga inconvenientes.

cON el 155 tambien abonar solo el componente previsional en anses no vas a tener problema no tienen manera de controlar que se haya pagado el resto y ademas no es de su competencia, afip se lo podra reclamar eventualemnte

Muchas Gracias.
 #946332  por dorado
 
Te agradezco. Sabés, que tenés razón. eje. Muchas Gracias.
Consulte en afip. Me dijeron que arregle con anses.
Saludos