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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #940264  por Malaleith
 
Hola colegas! Estoy dando mis primeros pasos como abogada y me surge una duda en cuanto al cobro de honorarios:

En Córdoba
¿se puede no cobrar a mi cliente o cobrarle menos del mínimo que establece el código arancelario para abogados de Córdoba? ¿Me acarrearía alguna consecuencia negativa LEGAL o FISCAL??? Es un caso de jurisdicción voluntaria, por lo que no hay contraparte.

Muchas Gracias!
 #940569  por profesional
 
NO. Los arreglos que hagas con tu cliente quedan en el estudio. Igualmente tené en cuenta que si es una causa judicial van a regular honorarios y sobre esos honorarios hay que pagar aportes (caja forense o previsional, ingresos brutos, etc) No sobre los que vos fijés con tu cliente.
Además, hay lugares que debés pagar sellados si librar oficios, etc. que si no los contás al momento de fijar tus honorarios, salen de tu bolsillo.
QUE LINDO CORDOBA! Estudié ahí, extraño la facultad!!!!!!!!!!!!!!!
 #945456  por Malaleith
 
profesional escribió:NO. Los arreglos que hagas con tu cliente quedan en el estudio. Igualmente tené en cuenta que si es una causa judicial van a regular honorarios y sobre esos honorarios hay que pagar aportes (caja forense o previsional, ingresos brutos, etc) No sobre los que vos fijés con tu cliente.
Además, hay lugares que debés pagar sellados si librar oficios, etc. que si no los contás al momento de fijar tus honorarios, salen de tu bolsillo.
QUE LINDO CORDOBA! Estudié ahí, extraño la facultad!!!!!!!!!!!!!!!
muchas gracias por tu ayuda!!! me aclaraste mucho el panorama! :)
 #947460  por norma1980
 
Podes cobrar lo que te parezca, pero no se xq habrías de cobrarle menos del mínimo????