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  • prescripción de uno de los concubinos

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 #948336  por pedroescalante
 
Buenos días: tengo la siguiente consulta, un cliente (la concubina) pretende hacer la prescripción adquisitiva de un inmueble perteneciente a su concubino; el tema es lo siguiente: en Catastro y los Servicios que poseen en el inmueble a usucapir están a nombre del concubino pero la prescripción la quieren hacer a nombre de ella sera viable?.
Las pruebas que tengo son: un boleto de compraventa a nombre del concubino; los impuestos pagados a nombre del concubino, pero tuvieron 5 hijos de los cuales todos nacieron en la misma ciudad y poniendo como domicilio el inmueble a prescribir. si me pueden ayudar, Gracias.-
 #948339  por buscojusticia
 
Estimado colega,
te cuento que en Mendoza tuve un caso parecido. En dicha oportunidad presente la posesión probando que mi cliente vivió 25 años en el inmueble. La prueba, entre otras, fue un boleto de compra venta a nombre de la concubina, los certificados de nacimiento de los hijos, el mayor tenia 24 años, un certificado de convivencia de 21 años de antigüedad, impuestos, servicios, testigos, actos posesorios, etc.
Dicha demanda prospero y obtuve sentencia favorable.
saludos
 #948395  por ebarreyro
 
Tal como plantea el caso, veo muy improbable que prospere lo que desea. Tengo muchos casos en contextos similares, donde una persona se quiere quedar un inmueble que, en último término, sólo le correspondería en parte. Note una de las pruebas que esgrime: los cinco hijos tuvieron domicilio en el inmueble ¿Acaso los hijos son de su cliente nomás?
Tiene que plantear mucho mejor que eso el caso, si quiere que prospere.
 #948420  por buscojusticia
 
No comparto para nada con el colega que me antecede, pues con ese criterio un heredero no podría plantear la posesión del inmueble de los padres o abuelos y puedo asegurarle que la posesión en dichos inmuebles prospera, pues son varias las sentencias en ese sentido. Y con respecto a los hijos, lo que se hace es probar que existió posesión real, es decir los hijos nacieron ahí si el otro concubina/o considera que tiene derecho deberá plantearlo en la etapa oportuna y si lee los edictos.
No debemos olvidar que la posesión por prescripción, transcurrido los 20 años no exigen buena fe, solo se deben probar los extremos que establece el código.
saludos
 #948499  por ebarreyro
 
Entiendo que no comparta lo que expuse, dado que yo estoy hablando de peras y Ud. de manzanas.
Una cosa es la coposesión entre concubinos y otra la coposesión entre coherederos. Sabrá Ud. que el poseedor exclusivo de la herencia, tiene un artículo que regula la situación. También lo tiene el coposeedor como el del caso. El problema, es que uno prevé una solución y el otro, otra.
Igualmente, todos requieren un elemento para que prospere la pretensión conforme quiere el presentante, que ni siquiera fue insinuado.
Otra cosa que entiendo no comparte para nada, es que cuando planteo un caso, espero que del otro lado esté un letrado versado, y jamás confiaría en la suerte de que la otra parte no lea los edictos y me toque un defensor oficial sin ganas de trabajar. Pero obviamente, cada letrado tiene su método.
 #948740  por buscojusticia
 
comparto que ud habla de peras y yo de manzanas, pero evidentemente el tema trata de manzanas, con todo respeto recomiendo lectura del tema tratado.
igualmente por respeto al colega que planteo el tema, no voy a volver a opinar porque la consulta terminara en una discusión doctrinal entre nosotros y no me parece correcto ni respetuoso con pedroescalante.
Por lo expuesto pido a quienes opinen sobre este tema que no tomen participación en esta discusión pues se desviaría la consulta inicial.
saludos
 #948910  por pedroescalante
 
Buenas tardes colegas:
gracias por las opiniones brindadas; quiero aclarar en el caso planteado que yo pretendo usucapir el inmueble que pertenece al concubino, de mi cliente: (concubina), pero el tema es que ella convive todavía con él, y mi cliente pretende hacer eso por que su concubino tiene otros hijos de su anterior matrimonio y es para evitar que los hijos de su anterior matrimonio pretendan entrometerse en la casa que fue producto de su concubinato con el nacimiento de sus hijos (5 hijos) todos mayores de edad.
mi consulta es: que no me declaren falta de legitimación activa; y otra cosa puedo presentar el plano de mensura a nombre de su concubino o tengo que hacer otro plano de mensura a nombre de mi cliente? considerando que las medidas son las mismas, saludos.-
 #948921  por ebarreyro
 
Como he dicho anteriormente, el caso así planteado no prospera, y habrá falta de legitimación activa. Si presenta el boleto ¿Cómo sería poseedora la concubina?
 #949122  por ebarreyro
 
Estimo que el concubino no vive más en el lugar. Habría que ver los papeles y los testigos, pero seguramente, no acompañaría el boleto. Tampoco el plano. Eso, si quiere excluir al concubino de la propiedad. Si lo hacen conjuntamente, es más fácil, obviamente.