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 #948382  por mgaspozz
 
buenas tardes.

Inicie el sicesorio y esta casi completo solo faltaria inscribir los bienes los cuales no se han inscriptos por la cantidad de deuda de impuestoa, todos los gastos incluyendo honorarios fueron abonados. ahora mi consulta es la siguiente: me vi forzado a inciar una quiebra personal y ahora la abogada me dice que corro el riezgo de que los bienes en sucesion me entren en la quiebra lo cual entiendo ahora, le dije que la.suspenda y no lo hizo seguramente por no perder sus honorarios, debido a esto le dije que busque la manera de resguardar estos bienes es aqui donde les consulto, los herederos somos tres, teniendo deuda de impuestoa es posible inscribir en el registro las propiedades en una especie de condominio o la declaratoria para que el sindico no pueda rastrearme?? de antemano gracias, creo que con la abogada no nos entendemos y por tal motivo recurro a vosotros para despejar mis dudas!!
 #948389  por Squonk
 
Tendrías que consultar un abogado de tu confianza
 #948392  por mgaspozz
 
hola. es una profesional de comfianza solo que es nueva en derecho y mas aunen quiebras es por eso que recurro al foro donde seguramente hay profesionales con mucha experiencia y conocimiento que puedan despejarme las dudas.gracias igual!
 #948570  por mgaspozz
 
buen dia! gracias por responder...

No quiero suspender o de ser necesario si pero lo que quiero saber es como resguardar la propiedad que tengo en sucesion para que el sindico no me la mande a remate por la quiebra, segun tengo entendido como son tres herederos es posible inscribir la propiedad en una especie de condominio en el registro de manera tal que el sindico no la rastree con mis datos pero ya ustedes podran orientarme mas tecnicamente si es posible o no algo de esto, gracias de antemano
 #948671  por andresxeneizes
 
desde ya anticipo que lo que digo a continuacion lo digo intentando ser respetuoso, pero tambien voy a ser sincero, sino te estaria mintiendo para que te quedes contento.

no entiendo porque si, segun como decis, el abogado no era experto en quiebras te recomendo meterte en una, tampoco entiendo porque vos sabiendo que no era experto en eso confiaste ciegamente sin hacer una interconsulta. Yo puedo tener un amigo kinesiologo, pero por mas amigo que sea ni en pedo lo dejo que me haga una operacion del corazon, no porque sepa de medicina porque no se un soto, sino por una cuestion de sentido comun.

La quiebra no se puede suspender, se puede levantar pagando todo solamente.
En relacion a los bienes, si ingresan nuevos bienes sea cual fuere la forma en que ingresen, existe obligacion de denunciarlos en la quiebra, y el no hacerlo es una clara defraudacion (art 176 codigo penal).

La ley es asi, desconozco porque pidieron una quiebra pudiendo ingresar nuevos bienes a nombre del fallido y porque no hicieron un concurso preventivo, no emito opinion sobre lo que puedas hacer porque tampoco me voy a poner en moralista porque no lo soy, pero por menos moralista que sea todo tiene un limite y me resulta imposible recomendarte hacer una maniobra que en definitiva constituye una defraduacion, en todo caso eso tendras que consultarlo con tu abogado.