Hola a todos cómo estan? Acudo a uds. con una consulta estoy por iniciar una usucapión en capital. Pido el certificado de dominio y veo q el inmueble está embargado pero ya caducó el embargo es de 26/04/1996 . El tema es q mi cliente era quien tenía su oficina en 1996 y se ve q el dueño anterior cuyo nombre no coincide con el q el cliente me informó , no las pagó y le hicieron juicio . Tendré algún problema? me refiero respecto a ese embargo y porque yo digo q mi cliente ocupa el inmueble donde funciona su oficina desde 1971 lo cual puedo demostrar pòrque tengo servicios etc de esa época q opinan? Tengo q hacer algo con ese embargo? Si me pueden responder se los agradezco.
Adri
por un lado tenes al titular de dominio, entiendo que a este el embargo sufrido no lo beneficia asi que podrias usucapir perfectamente
por el otro al embargante, entiendo que en relacion a este la usucapion podrias hacerla perfectamente pero el embargo no se levantara.
“b) Nadie puede transmitir un derecho más extenso que el que tenía (art. 3270) salvo disposición legal que así lo establezca. SI LA COSA SE TRANSMITIÓ CUANDO EL EMBARGO YA ESTABA ANOTADO, EL ADQUIRENTE QUE CONOCIÓ O PUDO CONOCER LA EXISTENCIA DE LA TRABA NO PUEDE PRETENDER SER TITULAR SIN GRAVAMEN ALGUNO (Voto de Aída K. de Carlucci. - En Mayoría – en Autos: Minni Miguel A. y otro en Gómez H. v. Grzona Juan C. s/ Tercería de Mejor Derecho Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza Fecha: 6-dic-1991 Cita: MJ-JU-M-25592-AR | MJJ25592 | MJJ25592)ahora bien, en el caso el embargo esta caduco, y la caducidad es de pleno derecho, por ende no tendrias que tener inconveniente en usucapir y llevarte la propiedad con el embargo caduco, y tampoco deberias hacer nada con el emabrgo
