Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DEUDA EXPENSAS

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #949338  por sog
 
A mi cliente le iniciaron juicio por expensas, recientemente opuse excepción de pago parcial, es decir que no hay sentencia aún. Mi duda es que las expensas posteriores al juicio se las continúan aplicando como "pagos a cuenta".
Es correcto? porque no va a terminar de pagar en su vida, yo crei que el tema funcionaba como las deudas de Afip que hacen un corte por periodos y te inician el juicio pero mientras tanto te siguen cobrando normalmente los nuevos vencimiento. Si el consorcio se niega a hacer un convenio por los nuevos vencimientos y no puedo consignar los montos porque hay deuda anterior, que puedo hacer para parar esta pelota?
 #949356  por andresxeneizes
 
el juicio de expensas es por un periodo determinado pongamosle enero 2010 a diciembre 2012, si quiere ir pagando las expensas de enero 2013 y subsiguientes puede hacerlo ya que esos periodos estan fuera del juicio y sino quieren aceptarle esos pagos hay que consignarlos
 #949375  por sog
 
Vos me sabrias decir cual es la normativa que asi lo establece.
 #949390  por sog
 
Parece que no logro interpretarlo. El codigo dice que antes de la sentencia pueden ampliar por los nuevos vencimientos, pero no encuentro en donde justificar que los pagos que efectua el demandado no se apliquen a la deuda judicial y que se apliquen a los nuevos vencimientos.
Hasta donde yo sabía el administrador debe aplicar los pagos que toma a cuenta a intereses primero y a capital despues, por tanto y habiendo intereses a satisfacer en el ejecutivo quiere aplicar alli primero.
 #949395  por GASTONG
 
A ver si puedo ayudar. El periodo que se reclama judicialmente debería resolverse en la Justicia.
Ahora bien, si tu cliente quiere pagar los periodos actuales y los que se vayan generando en el futuro, puede hacerlo ya qe las expesnas son obligaciones independientes.
Si el administrador toma el pago como un "pago a cuenta" eso está mal y lo que surgiero es que le consignes los meses futuros ....vas a ver como empieza a hacer las cosas bien
Saludos
 #949401  por sog
 
Vos sabes que yo siempre creí que el administrador tenía la potestad de imputar los pagos primero a intereses. En los alquileres funciona igual o ahí si se debe cancelar primero el mes más atrasado?
 #949406  por amg
 
Si bien las expensas son obligaciones que se generan mes a mes y por tanto autónomas, suele aplicarse respecto de su pago parcial el art. 746 del Código de Comercio "Cuando el pago deba ser hecho en prestaciones parciales y en períodos determinados el pago hecho por el último período hace presumir el pago de los anteriores, salvo la prueba en contrario" y en eso se basa el administrador para negarse a extender recibo por expensas actuales cuando se adeudan anteriores.

Ahora existiendo ya el juicio iniciado, entiendo que debe aplicar los pagos nuevos como si no hubiese deuda, pues no puede aplicarlos a un expediente que carece de sentencia. Pero la verdad es que no estoy del todo segura.