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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #948925  por yolola
 
hola foristas tengo un problema con encontrar la figura juridica o la materia para iniciar acciones judiciales respecto al siguiente problema:

mi cliente, separado con dos hijos no puede convivir con ellos por oposicion de un familiar materno de los niños. La madre de los pequeños falleció y como corresponde mi cliente quiere asumir su responsabilidad llevandoselos a vivir con él, pero este familiar se opone bajo amenazas, y en resguardo de los niños hasta el momento no se los llevó a fin de que los mismos no sufran las consecuencias de la situacion violenta que plantea este familiar...

el tema es que legalmente el padre tiene la patria potestad y desea recuperarlos, y yo no estoy segura de qué figura legal encuadraría, pense en iniciar una restitucion de menores, pero temo errar de figura puesto que los niños no convivian con el padre, sino con la madre por lo que mal podria decirse RESTITUCION...

Que me dicen uds???
 #948953  por yolola
 
tambien pense en iniciar la tenencia pero se puede contra el familiar de la madre???
 #949021  por santiheladero
 
El padre tiene la patria potestad de pleno derecho, no tiene necesidad de pedir ninguna tenencia. y en caso que se lo obstruya en el contacto, esta la ley 24270.
 #949176  por yolola
 
pero no pasa por un simple impedimento de contacto... el puede ver a sus hijos no puede sin pelea llevarlos a vivir consigo, lo que es su derecho como bien decis en pleno ejercicio de su patria potestad, el tema es poner en vereda esta situacion que cada uno conozca su rol, y evitar situaciones indeseables para los menores.

por eso pensaba iniciar en el trib de familia un pedido de proteccion de personas- ejercicio de patria potestad y tenencia para asegurarse la convivencia.

porque la ley 24270 es para el padre NO CONVIVIENTE y en el caso de madre no hay siquiera un padre conviviente porque la madre fallecio y el padre no puede por oposicion de un tercero llevarselos consigo.

me explico??
 #949260  por santiheladero
 
La ley protege respecto del padre no conviviente y terceros...leela
 #949294  por ale532
 
EL caso estaría más para una denuncia penal por amenazas/impedimiento de contacto (a esos familiares) que para una acción en los tribunales de familia.
 #949368  por yolola
 
Muchas gracias por su ayuda!!! entiendo lo que me plantean pero releo la ley toda y hasta en el inc. 3 agregado al codigo penal habla de impedimento de contacto con el padre no conviviente, seguramente sea un problema de mala técnica legal utilizada en la ley y lo que se ha querido reglar es el impedimento de contacto con el padre que no detenta la custodia de hecho en el momento... por decirlo de algun modo, pero entiendo a la perfeccion lo que me dicen, recojo el guante e iré por la via penal!!!

muchas gracias a los dos!!