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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #949467  por Fernando001
 

Hola colegas!

Un perito contador me recomendó oficiar a una de las co-demandada para que informe las ventas realizadas por el actor. Dice que de este modo se garantiza que pueda ser objeto de la pericia contable, toda vez que muchas veces, aunque se haya solicitado como punto pericial una info así, entre demandado y perito acuerdan no profundizar en quilombos, uno por laburar menos, el otro por razones obvias. Más allá de querer compartir el dato con uds., mi pregunta concreta es?

Prospera la informativa solicitada al demandado? algieun lo hizo?

Gracias!!!
 #949476  por Squonk
 
Tendrías que leer el art. 397 del CPCCN o el 395 del CPCCBA si estás en provincia.
Saludos
 #949489  por Fernando001
 
Squonk escribió:Tendrías que leer el art. 397 del CPCCN o el 395 del CPCCBA si estás en provincia.
Saludos
gRACIAS. sE APLICARÁ EN ESTE CASO. Encima también lo pedí como prueba en poder de la demandada, invocando carga dinámica... No da para sumar informativa parece. Muchas Gracias!
 #949522  por MORGAN
 
no funciona. como empleador te contesto cualquier cosa. si es un punto relevante una salida es que cuando solicitás la pericia contable pidas que se haga saber al sr./a perito/a que deberá informar lugar, dia y hora en que realizará la misma a fin de que puedas ejercer el control del acto.
 #949542  por sanjuanino
 
MORGAN escribió:no funciona. como empleador te contesto cualquier cosa. si es un punto relevante una salida es que cuando solicitás la pericia contable pidas que se haga saber al sr./a perito/a que deberá informar lugar, dia y hora en que realizará la misma a fin de que puedas ejercer el control del acto.
Yo pienso igual
 #949560  por Squonk
 
Fernando001 escribió:
Squonk escribió:Tendrías que leer el art. 397 del CPCCN o el 395 del CPCCBA si estás en provincia.
Saludos
gRACIAS. sE APLICARÁ EN ESTE CASO. Encima también lo pedí como prueba en poder de la demandada, invocando carga dinámica... No da para sumar informativa parece. Muchas Gracias!
Me parece que no entendiste los arts. que te señalé.
No se puede hacer lo que te dice el contador
 #950124  por ods
 
sanjuanino escribió:
MORGAN escribió:no funciona. como empleador te contesto cualquier cosa. si es un punto relevante una salida es que cuando solicitás la pericia contable pidas que se haga saber al sr./a perito/a que deberá informar lugar, dia y hora en que realizará la misma a fin de que puedas ejercer el control del acto.
Yo pienso igual
Pienso lo mismo
 #950125  por ods
 
Squonk escribió:
Fernando001 escribió:
Squonk escribió:Tendrías que leer el art. 397 del CPCCN o el 395 del CPCCBA si estás en provincia.
Saludos
gRACIAS. sE APLICARÁ EN ESTE CASO. Encima también lo pedí como prueba en poder de la demandada, invocando carga dinámica... No da para sumar informativa parece. Muchas Gracias!
Me parece que no entendiste los arts. que te señalé.
No se puede hacer lo que te dice el contador
Lo que planteas es sustitución de prueba por eso no se puede hacer.