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  • FALTA DE PERSONERIA

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #950328  por AVERIGUARE
 
ha venido al estudio una señora que tuvo hace unos años una empleada que cuidaba a su madre. Después se fue, le reclamo por medio de la secretaria de trabajo, fuimos a una audiencia, declinamos instancia, etc... Ahora le llega una demanda, con una carta poder otorgada en noviembre de 2011, pero el juicio lo inician con posterioridad. la mujer falleció en agosto de 2012 y la abogada inicia la demanda con posterioridad a su fallecimiento. VALE LA CARTA PODER? NO TERMINA EL MANDATO CON EL FALLECI
MIENTO? art. 1963 del C Civil? Pregunto: puedo oponer falta de personería?
 #950366  por palo2006
 
SI TERMINA CON SU FALLECIMIENTO. INTERPONE ESO Y ACOMPAÑA PARTIDA DE DEFUNCION. NO SE SI TAMBIEN NO HABRIA QUE DENUNCIAR A LA COLEGA. NO SE PUEDE HACER LO QUE HIZO. SOLO PODIAN CONTINUAR UNA DEMANDA QUE SE HUBIERA INICIADO EN VIDA, SUS HEREDEROS. ESTO ESTA MAL.
 #950557  por MORGAN
 
cual es la mujer que falleció? la que cuidaban o la que demanda?
si murió la mandante la abogada va a decir que no sabía nada del deceso y punto. la denuncia no te sirve para nada.
se va a presentar con los herederos y va a seguir como si nada.
 #950558  por AVERIGUARE
 
La que falleció es la empleada... actora. El tema es que aun cuando no necesite sucesión tiene que buscar a los hijos (el domicilio que figura en la demanda no existe). No deberían ellos en ese caso iniciar OTRA demanda?
 #950563  por MORGAN
 
no. siguen en esa.