hola colegas: tengo unas dudas. Se presento una clienta que esta reconocida como hija por quien es biologicamente su abuela, el tema es que ahora quiere iniciar accion de impugnacion de estado para poder entrar en la sucesion de quien era su hermana pero que bilogicamente era su tia.
mi duda es si debo presentar la accion de impugnacion autonomamente y luego, la de filiacion o la segunda en subsidio de la segunda.
La ultima cuestion es: los abuelos (padres biologicos) estan muertos, la hermana (madre biologica) tambien, solo sobreviven sus hermanas (tias biologicas) y un concubino de quien biologicamente fue su madre. de acuerdo a esto: ¿contra quien se dirigiria la demanda de impugnacion y consecuentemente la de filiacion?
Gracias por su paciencia y comprension
, saludos desde cordoba, 
mi duda es si debo presentar la accion de impugnacion autonomamente y luego, la de filiacion o la segunda en subsidio de la segunda.
La ultima cuestion es: los abuelos (padres biologicos) estan muertos, la hermana (madre biologica) tambien, solo sobreviven sus hermanas (tias biologicas) y un concubino de quien biologicamente fue su madre. de acuerdo a esto: ¿contra quien se dirigiria la demanda de impugnacion y consecuentemente la de filiacion?
Gracias por su paciencia y comprension

