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 #948759  por abogadapato
 
Hola, les cuento que cerré mi primera conciliación laboral. Fue un acuerdo judicial en el Trib. del Trabajo de Lanus.
Mi pregunta es esta: como d ebemos cobrar mi cliente y yo? Tenemos que abrir una cuenta? O lo hace la otra parte? Tengo que hacer algo mas o esprar?

Alguien me explica? Gracias 8)


DRA. PATO!
 #950690  por gusgus
 
el tribunal al homologar debe ordenar la apertura de cuenta judicial en bco pcia bs as de la jurisdiccion, donde se depositarán si o si las sumas concilidas a favor del trabajador...
debería hacer la gestion de apertura de cuenta el obligado al pago...
tus honorarios pueden ser depositados en esa cuenta o, lo que es mas practico, pedile al colega de la contraria que te los abone en mano contrra entrega de factura, luego presentas escrito manifestando percepcion y acreditando pago de aportes e iibb...
 #950975  por abogadapato
 
hola gus gus, salio un despacho que dice esto:

Agréguese la boleta de depósito acompañada y previo a todo trámite, líbrese oficio al Banco de la Pcia. de Buenos Aires, Sucursal Avellaneda, a efectos que informe el saldo de la cuenta judicial abierta a nombre de las presentes actuaciones y el número de la misma. Con su resultado, se proveerá.

tengo que mandar oficio y recien ahi va a poder cobrar mi cliente?
 #951134  por gusgus
 
hola!!!
la contraeria depositó.....
si, tenes que hacer el oficio, según te estan pidiendo.... no comparto la orden yo siempre con la constancia de deposito ya pido los giros...
y deberias ver en el expediente qué montos y conceptos fueron depositados