Hola a todos,
Este es mi primer telegrama laboral. Reclamo pago de aumentos de sueldo de convenio y adicionales como así también que se actualice el salario de acuerdo a los mismos. Me podrían decir si está bien redactado o le falta algo?
Gracias!!
Intimole plazo 2 días hábiles a hacer efectivo el pago de diferencias salariales desde inicio de relación laboral hasta el mes de diciembre 2011 inclusive correspondiente adicional por Bonificación por Titulo (Art. 17.6) y Refrigerio ( Art. 18), según CCT 122/90. Asimismo, en el mismo plazo, abone aumentos de sueldos correspondientes desde mes de enero de 2012 a la actualidad así como también adicionales según convenio antes mencionado.
En referencia al punto precitado, cabe aclarar que en el transcurso del año 2011, los incrementos salariales acordados en el marco del Convenio Colectivo 122/90 Rama Vía Publica y Luminicentes fueron otorgados en tiempo y forma. Dicha política, vario sin razón alguna el año siguiente a pesar que la compañía continuo desarrollando las mismas actividades.----------------------------------------------------------------------------------
Adicionalmente, intimo plazo 2 días hábiles se actualice salario percibido conforme pautas derivadas de aumentos no otorgados y adicionales de convenio. --------------------
Todo lo anteriormente mencionado bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que por derecho correspondan
Este es mi primer telegrama laboral. Reclamo pago de aumentos de sueldo de convenio y adicionales como así también que se actualice el salario de acuerdo a los mismos. Me podrían decir si está bien redactado o le falta algo?
Gracias!!
Intimole plazo 2 días hábiles a hacer efectivo el pago de diferencias salariales desde inicio de relación laboral hasta el mes de diciembre 2011 inclusive correspondiente adicional por Bonificación por Titulo (Art. 17.6) y Refrigerio ( Art. 18), según CCT 122/90. Asimismo, en el mismo plazo, abone aumentos de sueldos correspondientes desde mes de enero de 2012 a la actualidad así como también adicionales según convenio antes mencionado.
En referencia al punto precitado, cabe aclarar que en el transcurso del año 2011, los incrementos salariales acordados en el marco del Convenio Colectivo 122/90 Rama Vía Publica y Luminicentes fueron otorgados en tiempo y forma. Dicha política, vario sin razón alguna el año siguiente a pesar que la compañía continuo desarrollando las mismas actividades.----------------------------------------------------------------------------------
Adicionalmente, intimo plazo 2 días hábiles se actualice salario percibido conforme pautas derivadas de aumentos no otorgados y adicionales de convenio. --------------------
Todo lo anteriormente mencionado bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales que por derecho correspondan