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  • PLAN MORATORIA ANTES DE LA EDAD- REIMPUTACIÓN DE PAGOS

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #947844  por Lizzie
 
Mi consulta me la trae una clienta a quien le hicieron una moratoria previo a la edad jubilatoria e incluso le prescribieron la deuda de monotributo que tenia por lo que veo en el detalle del plan. Sin embargo no es por la totalidad de la deuda sino que abarcaba un monto parcial acorde a la cuota que ella podía abonar en su momento. Ya abonó más de tres años y en un par de meses cumple los 60 años. Aún figura como monotributista, por lo que entiendo que debería dar la baja. Les agradecería que me dijeran si corresponde primero dar de baja ese Sicam ya que no abarca toda la deuda.
Luego rearmar un nuevo plan e ir a Afip a solicitar que reimpute los pagos efectuados en estos tres años anteriores al nuevo plan. Estaría bien así? Ella incluso esta dispuesta a cancelar de contado el resto de la deuda si el monto fuese accesible.
Muchas gracias
 #948011  por arielruiz86
 
Bien, en ese caso no hace falta hacer ninguna reimputación ni nada por el estilo, solo reliquidar de vuelta agregando lo que haya que agregar respetando la Res 555 y el mismo sistema tomará como pago a cuenta lo ya ingresado. Y en prestación solicitada pones "Jubilacion".
 #948034  por GRACIELA846
 
Me viene bien este tema planteado para preguntar al foro, en este caso, que hubiera pasado, si das de baja el sicam y no tenes la posibilidad de rearmarlo porque por ejemplo, se derogo la 24476????? que hariamos entonces con los pagos de moratoria efectuados y los monotributos pagados que quedan por fuera del sicam???? se entiende????
 #948042  por arielruiz86
 
No tiene sentido que se les ocurra justo ahora derogar la 24476, porque de echo se esta derogando o desapareciendo por si sola, porque cada vez es menos el periodo que se puede comprar desde que cumplen 18 años los solicitantes, de todos modos, para eso esta el reconocimiento de ss, que bien se podría pedir ahora con los aportes y periodos ya regularizados o pagados.
 #952732  por mmendoza
 
Y en el caso de que se compre años por la moratoria y también se inscriba en el monotributo....la moratorai la hago como OTros libres deuda...tengo que poner Liquidación de deuda parcia..SI o NO??? como se hace en estos casos???
 #952804  por arielruiz86
 
Otros libre deuda se usa cuando hay que gestionar o diligenciar con organismos distintos del anses y por inscripciones previas en la afip, en cambio cuando se trata con el anses toda prestación lleva a un reco o jubilación. Y liquidacion de Deuda Parcial no se usa o al menos yo hasta el momento no he visto cual es el fin o la utilidad, porque al fin y cabo luego cuando haya que reformular el sicam para agregar nuevos periodos hay que poner finalmente liquidación total absorviendo o suplantando esta a aquella.
 #952892  por marcerou
 
Hola! Tengo un caso parecido. Yo cometí el error de calcular una moratoria como "otras deudas" para una persona que aún no llega a la edad para jubilarse. Pagamos todo de contado. Ahora quiero hacer el reco de servicios, por lo que tuve q dar de baja el plan en afip. Cuando calculo el sicam la deuda da 0. Fui a anses a iniciar el trámite de reconocimiento y me dicen que no les surge el pago de la moratoria que realicé. Cuando se pagó la moratoria se hizo por el total con fecha julio 2012, por lo q quedó un pago con esa fecha y la moratoria entre los años 1970 y 1980. Que tengo que hacer para q ese pago figure como pago de la deuda?? Hacer una reimputación de pagos por multinota??
Por favor si alguno puede ayudarme se los agradecería mucho. Saludos.
 #953307  por mmendoza
 
Arielruiz86 tengo que enviar un plan por la compra de 20 años y 10 meses para persona que se va a jubilar dentro de 6 años...ella empieza a pagar monotributo ahora para completar los 30 años de aportes...el Sicam se lo mando como jubilación??? o como otros libres deuda??? Si, lo mando como libre deudas tengo que poner de tal periodo a tal periodo???
La situac revista me quedaría 12/72 - 09/93 307 y 03/2013- 04/2013 10.
Se que dentro de 6 años voy a tener que reliquidar el temor mio es que no este mal la moratoria entonces no se si me conviene uqe la uqe me tenga q dar de baja el sicam es anses o afip...se entiende?

Gracias.
 #953476  por arielruiz86
 
Si la moratoria la van a pagar de contado para inmediatamente pedir un reco para asegurarse asi el periodo comprado ante una eventual desaparición ley 24476 (cosa que no creo que ocurra) debes poner como prestación "reconocimiento de ss" y ahí tal vez se use la liquidación parcial (yo nunca lo hize) para dejar pendiente el periodo actual del monotributo. Pero si la idea es ir pagando la moratoria sin hacer ningun reco hasta que cumpla la edad da lo mismo poner reco o jubilación porque al fin y cabo hay que dar de baja luego el sicam para reliquidar de vuelta cuando tenga los 60 años para agregar el periodo del monotributo.