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  • COBRO DE HONORARIOS JUDICIALES

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 #953500  por monicbea
 
Hola a todos ,tengo que iniciar mi primer ejecuciòn de honorarios en un juicio de divorcio (de provincia de Bs.As) que tiene sentencia y regulaciòn de honorarios del 2009.El deudor se notifico personalmente de la sentencia pero no se habìa notificado de la regulaciòn de honorarios.Tras infructuosos intentos de cobro extrajudicial,acabo de enviarle cedula de notificaciòn de honorarios con transcripciòn del art.54.
Mi duda es una vez notificado como debo seguir? ya que he leìdo varios post al respecto y estoy algo confundida: presento un escrito en el mismo expediente promoviendo la ejecuciòn de honorarios o tengo que iniciar por receptorìa incidente de ejecuciòn de honorarios pidiendo en la planilla de inicio la conexidad con el prrincipal.Por favor si alguien puede orientarme se los agradecerìa!!!
 #953506  por gusgus
 
depende del criterio del juzgado, cada uno con su librito!!!!

lo mas practico es preguntar en el juzgado
 #953646  por monicbea
 
Gracias,consultè en el juzgado y no necesito promover incidente.Alguien tendrìa un modelo de escrito pidiendo ejecuciòn de honorarios en el mismo expediente de divorcio,ya està notificado mi cliente x cèdula con transcripciòn del art.54 ley 8904.Muchas gracias!!
 #953817  por monicbea
 
Gracias . Averiguè donde està trabajando y pediria embargo sobre el 20% del sueldo.Como no encontrè bienes a su nombre habìa pensado pedir la inhibiciòn como para forzarlo a dar la cara,ya que no podrìa comprar nada a crèdito.Que opinan?
 #953853  por gusgus
 
yo pediria las 2 cosas, embargo de sueldo e inhibicion...

por que???

porque para que proceda la inhibicion es necesario que el embargo no cubra el credito reclamado....
y dada la naturaleza del embargo de haberes, que no cubre la totalidad de por si atento que es una cautelar que se va configurando con el paso del timpo y esta sujeta a circunstancias ajenas al embargante como ser despido, jubilacion, renuncia, etc....
jamas se puede considerar que el embargo de sueldo asegura per se la totalidad del monto reclamado

es decir, el embargo de haberes puede terminarse ipso iure aun antes de completar el monto de embargo total, ergo, resulta insuficiente ab initio, con lo cual tambien procede la inhibicion por insuficiencia manifiesta del embargo
 #955615  por Nati84
 
Colegas!

les pido ayuda, estando en el mismo tema.
El caso es en San Martin, pcia de Bs As. Inicié un incidente presentado un escrito en el mismo expediente (es sobre tenencia, alimentos, régimen, y mi cliente no me pagó). Está notificado con transcripción del art 54...
A pesar de que venía iniciando de ese modo las ejecuciones, en este Juzgado me proveyeron que inicie a través de Mesa Gral de Entradas...
acá viene una pregunta MENOR:
con qué formulario se inicia? con el de inicio CIVIL? o con el de inicio de FAMILIA?

Les digo por qué mi pregunta, los de la mesa son TERRIBLES! no les vayas con un punto o coma demás... y menos sin saber bien qué formulario, y cómo llenarlo!!!

desde ya, muchísimas gracias!!
saludos!