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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #937638  por evelin1010
 
Estimados les consulto por lo siguiente: me vino a ver un cliente por una sucesión ab- intestato de un inmueble, en principio el abogado que lo patrocinaba a el y al padre era familiar y parte en la misma. El expediente fue paralizado , yo lo empece a impulsar luego de revocarle el patrocinio con respecto a mis clientes. Cuando voy a ver el expediente me encuentro que adjunto ahora un convenio de honorarios por el 30 %!. la verdad me pareció abusivo de su parte, ademas de considerar que media mala fe porque mi cliente no sabia lo que estaba firmando firmaba sin leer por la confianza que le tenia a este abogado por ser el mismo su nieto!!!. La verdad soy novata y nose si es realmente lo que se acostumbra a cobrar. Quería saber sus opiniones al respecto y si en caso de ser abusivo que es lo que yo podría hacer. Saludos
 #937642  por leandromagno
 
Hola, buenas noches. Por lo que sé, las leyes de aranceles de capital y provincia, establecen un máximo del 20% y 25% en cuanto la regulación judicial. No estoy seguro si se podrá pactar por convenio por encima de esos topes marcados por esas leyes cuando regula el juez.
En los juicios en que se reclama un monto, hay un tope del 40% del mismo que se puede pactar con el abogado, habría que ver si se puede hacer lo mismo en una sucesión.
En caso de ser abusivo, para mí se trataría de un caso de lesión subjetiva.
Saludos para vos.
 #938789  por evelin1010
 
Gracias por tu respuesta.

Saludos cordiales.