Hola foristas:
inicié un divorcio contradictorio y la demandada se notificó de la demanda en el expediente dejando nota pero no la contestó, si pasado el plazo no lo hiciere, hay que pedir que se declare rebelde porque el articulo 59 del codigo procesal de la Pcia. de Buenos Aires, establece que habiendo sido debidamente notificado y no compareciere o ABANDONANDO EL JUICIO DESPUES DE HABER COMPARECIDO se podrá declarar rebelde. ¿alguna opinión distinta?
Mil gracias.
inicié un divorcio contradictorio y la demandada se notificó de la demanda en el expediente dejando nota pero no la contestó, si pasado el plazo no lo hiciere, hay que pedir que se declare rebelde porque el articulo 59 del codigo procesal de la Pcia. de Buenos Aires, establece que habiendo sido debidamente notificado y no compareciere o ABANDONANDO EL JUICIO DESPUES DE HABER COMPARECIDO se podrá declarar rebelde. ¿alguna opinión distinta?
Mil gracias.
