Buenos días colegas,
Tengo en lo contencioso (pcia de bs as) sentencia firme de camara que otorga el beneficio de pension a mi cliente (a quien una caja profesional se lo habia negado).
Mi consulta, es ahora que el expte vuelve a primera instancia, intimo a la demandada a practicar liquidaciòn de los haberes retroactivos y a efectuar la gestiòn para que mi cliente empiece ahora a percibir el haber actual? Consulto porque es mi primer experiencia en la materia, muchas gracias!!!
Tengo en lo contencioso (pcia de bs as) sentencia firme de camara que otorga el beneficio de pension a mi cliente (a quien una caja profesional se lo habia negado).
Mi consulta, es ahora que el expte vuelve a primera instancia, intimo a la demandada a practicar liquidaciòn de los haberes retroactivos y a efectuar la gestiòn para que mi cliente empiece ahora a percibir el haber actual? Consulto porque es mi primer experiencia en la materia, muchas gracias!!!